Los funcionarios ambientales recordaron que si se trata de minería de hecho, las asociaciones dedicadas a esta actividad deben tener carnetizados a sus trabajadores, además de presentar el certificado de existencia de la Cámara de Comercio, y la certificación del Servicio Geológico Colombiano en donde se les otorga la concesión del área a intervenir. Adicionalmente deben tramitar un plan manejo ambiental ante la CDMB.
Por su parte, en el caso de la llamada minería de barequeo, el trabajador debe presentar el permiso para ejercer la actividad, expedido por parte de la alcaldía municipal a que corresponda el territorio.
Con estos operativos la Autoridad Ambiental busca evitar que la minería de arrastre genere afectaciones tales como el cambio del cauce de los ríos, la pérdida de especies vegetales, y el desvío de corrientes que causen inundaciones.
Mediante estas actividades mineras se extraen materiales como arena, grava y piedras.