Las labores de inteligencia y seguimiento la realizaron funcionarios de la CDMB adscritos a la Subdirección de Evaluación y Control, SEYCA y al Grupo Élite Ambiental, GEA, con el acompañamiento de la Policía Ambiental.
Según Adriana Quiñónez, Jurídica del GEA: “estos elementos deben estar dispuestos en las escombreras establecidas por la CDMB”.
Además de un daño ambiental, también se configura un delito contemplado en artículo 331, de la Ley 599 de 2000 del Código Penal, que determina: “El que, con incumplimiento de la normatividad existente, contamine el aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo, el suelo, el subsuelo, las aguas o demás recursos naturales en tal forma que ponga en peligro la salud humana o los recursos fáunicos, forestales, florísticos o hidrobiológicos, incurrirá, sin perjuicio de las sanciones administrativas a que hubiere lugar, en prisión de tres (3) a seis (6) años y multa de cien (100) a veinticinco mil (25.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La sanción por deterioro de los recursos naturales renovables también está contemplada en el Decreto 1713 del 2012 del Plan General de Gestión de Residuos Sólidos, Pgir” y la Ley 1259 de 2008 que establece el Comparendo Ambiental.
Según la Ley 1333 de 2010 contenida en el Decreto 3678 del mismo año, las autoridades ambientales podrán imponer alguna o algunas de las siguientes sanciones de acuerdo con las características del infractor, el tipo de infracción y la gravedad de la misma:
1. Multas diarias hasta por cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
2. Cierre temporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio.
3. Revocatoria o caducidad de licencia ambiental, autorización, concesión, permiso o registro.
4. Demolición de obra a costa del infractor.
5. Decomiso definitivo de especímenes, especies silvestres exóticas, productos y subproductos, elementos, medios o implementos utilizados para cometer la infracción.
6. Restitución de especímenes de especies de fauna y flora silvestres.
7. Trabajo comunitario según condiciones establecidas por la autoridad ambiental.
En el lugar de los hechos también fue retenida la volqueta de placas GLC-071, cargada con material común arcilloso, producto de la excavación de desarrollo urbanístico del área metropolitana de Bucaramanga.
“La disposición de los residuos sólidos sobre la corriente hídrica se efectúo sin ninguna autorización. Al momento de la inspección se pudo evidenciar que se arrojaron 6 metros cúbicos de material común sobre la franja de protección, generando sedimentación en el río”, indicó Andrés Olarte profesional de SEYCA.
La abogada Quiñónez reitera a las comunidades el cumplimiento de la legislación, especialmente la relacionada con el medio ambiente, teniendo en cuenta que el GEA arreció los operativos en el área de jurisdicción y será inflexible en el cumplimiento de su misión. Ella resaltó igualmente la permanente cooperación de la ciudadanía que ya está perdiendo el miedo y con más frecuencia denuncia los casos atentatorios contra el medio ambiente y la convivencia pacífica.
Jueves, 25 Octubre 2012 17:44
A la cárcel iría conductor detenido en flagrancia, botando desechos
Octubre 26 de 2012
Entre tres y seis años de cárcel podría purgar de condena el ciudadano detenido ayer en el barrio Convivir, municipio de Girón, momentos en que arrojaba inadecuadamente residuos sólidos, tierra y sobrantes de la actividad de construcción, sobre la margen del río de Oro.
![capturado](http://www.cdmb.gov.co/web/images/stories/Noticias2/octubre/capturado.jpg)