Viernes, 27 Septiembre 2013 15:07
Los alcaldes del área metropolitana son los responsables de lo que pase con la disposición final de residuos sólidos
Septiembre 28 de 2013
El Carrasco será sellado con una valla natural de árboles.
La CDMB no acompaña la decisión de declarar una nueva emergencia sanitaria
A partir de las 00:00 horas del primero de octubre de 2013, no podrá hacerse más disposición de residuos sólidos en El Carrasco, porque será clausurado de manera definitiva en cumplimiento del fallo judicial. Lo que pase de allí en adelante será responsabilidad exclusiva de los alcaldes y del Área Metropolitana de Bucaramanga, AMB.
La CDMB no acompaña la decisión de declarar una nueva emergencia sanitaria
A partir de las 00:00 horas del primero de octubre de 2013, no podrá hacerse más disposición de residuos sólidos en El Carrasco, porque será clausurado de manera definitiva en cumplimiento del fallo judicial. Lo que pase de allí en adelante será responsabilidad exclusiva de los alcaldes y del Área Metropolitana de Bucaramanga, AMB.
Así lo advirtió el director de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, CDMB, Ludwing Arley Anaya Méndez, al proferir la Resolución 001138 por medio de la cual aplica el Principio de Precaución al sitio de disposición final de residuos sólidos y suspende el trámite de concesiones de aguas de uso público, desde el punto Puente El Bueno hasta la desembocadura de la quebrada La Iglesia, en el río de Oro.
El objetivo de esta medida es evitar afectaciones a la salud humana, teniendo en cuenta que El Carrasco solo cuenta con un Plan de Manejo Ambiental para la cárcava 1 y para actividades de cierre, clausura y post clausura de áreas ya utilizadas. A la CDMB no ha llegado solicitud de licencia ambiental sobre disposición final de residuos sólidos, y además, los alcaldes ni siquiera modificaron el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, PGIR, en sus municipios.
En conferencia de prensa, el director de la CDMB señalo: “El Principio de Precaución está consagrado en la Ley 99 art. 1 y señala que cuando exista un daño grave e irreversible, las autoridades pueden tomar medidas para impedir la degradación del medio ambiente, como es el caso de El Carrasco”.
Frente a esta determinación, Anaya Méndez reiteró que el Alcalde de Bucaramanga no ha cumplido con el cierre ordenado en el fallo judicial, pese a que en reiteradas ocasiones la autoridad ambiental le ha requerido, tanto a él como a los demás mandatarios del área metropolitana, que presenten al menos un plan de contingencia “pero ni siquiera han hecho solicitud de licenciamiento”.
Nueva emergencia sanitaria
Ante la posibilidad de que la directora del AMB, con el respaldo de los alcaldes de Floridablanca, Girón, Piedecuesta y Bucaramanga, pueda declarar una nueva emergencia sanitaria por el cierre de El Carrasco, la CDMB deja claro que no la avalará.
“La CDMB no acompaña en sus propósitos a quienes pretenden burlar por tercera vez un fallo judicial que se encuentra debidamente ejecutoriado. Esta Corporación ya formuló un Incidente de Desacato por este incumplimiento en el Juzgado Cuarto Administrativo de Bucaramanga y responsabiliza a estas autoridades de lo que pueda suceder en adelante con la disposición final de los residuos sólidos”, afirmó Anaya Méndez, quien advirtió que es muy posible que esta solución la posterguen los actuales alcaldes para dejarla en manos de sus sucesores.
La Corporación reitera que como autoridad ambiental tiene competencia y capacidad técnica para hacerle seguimiento a este proceso de disposición final de residuos sólidos, de conformidad con la Ley 99 y el Decreto 838 de 2005, que en su artículo 5 recuerda que no se pueden permitir rellenos sanitarios en suelos urbanos, menos cuando se pretende avalar una nueva emergencia sanitaria.
“Este es un relleno sanitario arcaico que viola cualquier norma sanitaria en Colombia, viola las restricciones aéreas y en las condiciones actuales podría atentar contra la salud humana”, manifestó el Director.
Por último, el funcionario invitó a los habitantes de la comuna 11 a acompañar a los funcionarios de la CDMB en el cierre de El Carrasco, el cual se hará con una siembra de árboles a manera de barrera natural.
"Entre lo político y lo ambiental, me quedo con lo ambiental”, puntualizó.
Tarifas de aseo por disposición final de residuos están sin sustento jurídico
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, advirtió que ni la Empresa de Aseo de Bucaramanga, Emab, ni las demás entidades prestadoras del servicio público pueden cobrar el costo por la disposición final en el sitio El Carrasco, por no contar con un Plan de Manejo Ambiental.
La respuesta de la CRA corresponde a una consulta elevada por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, CDMB, en la que señala que cuando la disposición final de residuos sólidos se realice en rellenos sanitarios, estos deben estar debidamente licenciados, tal como lo certifica la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, ANLA.
“Así las cosas, el cobro de la tarifa queda prácticamente sin piso jurídico, porque reiteramos que El Carrasco no tiene licenciamiento”, manifestó el Director de la CDMB.
Así mismo, la CRA explicó que en caso de que los residuos sólidos se deban trasladar de un municipio a otro, los alcaldes tienen la responsabilidad de elaborar y mantener un Plan Municipal de Gestión de Riesgo de Residuos Sólidos, y en ningún momento podrán cargar los costos a las tarifas del aseo.
La Comisión considera que, en procura de las responsabilidades en materia de servicios públicos, las tarifas no pueden trasladarse a los usuarios por la negligencia de los alcaldes. Es el municipio el garante de la prestación del servicio. Click to listen highlighted text! A partir de las 00:00 horas del primero de octubre de 2013, no podrá hacerse más disposición de residuos sólidos en El Carrasco, porque será clausurado de manera definitiva en cumplimiento del fallo judicial. Lo que pase de allí en adelante será responsabilidad exclusiva de los alcaldes y del Área Metropolitana de Bucaramanga, AMB. Así lo advirtió el director de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, CDMB, Ludwing Arley Anaya Méndez, al proferir la Resolución 001138 por medio de la cual aplica el Principio de Precaución al sitio de disposición final de residuos sólidos y suspende el trámite de concesiones de aguas de uso público, desde el punto Puente El Bueno hasta la desembocadura de la quebrada La Iglesia, en el río de Oro.El objetivo de esta medida es evitar afectaciones a la salud humana, teniendo en cuenta que El Carrasco solo cuenta con un Plan de Manejo Ambiental para la cárcava 1 y para actividades de cierre, clausura y post clausura de áreas ya utilizadas. A la CDMB no ha llegado solicitud de licencia ambiental sobre disposición final de residuos sólidos, y además, los alcaldes ni siquiera modificaron el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, PGIR, en sus municipios.En conferencia de prensa, el director de la CDMB señalo: “El Principio de Precaución está consagrado en la Ley 99 art. 1 y señala que cuando exista un daño grave e irreversible, las autoridades pueden tomar medidas para impedir la degradación del medio ambiente, como es el caso de El Carrasco”.Frente a esta determinación, Anaya Méndez reiteró que el Alcalde de Bucaramanga no ha cumplido con el cierre ordenado en el fallo judicial, pese a que en reiteradas ocasiones la autoridad ambiental le ha requerido, tanto a él como a los demás mandatarios del área metropolitana, que presenten al menos un plan de contingencia “pero ni siquiera han hecho solicitud de licenciamiento”.Nueva emergencia sanitariaAnte la posibilidad de que la directora del AMB, con el respaldo de los alcaldes de Floridablanca, Girón, Piedecuesta y Bucaramanga, pueda declarar una nueva emergencia sanitaria por el cierre de El Carrasco, la CDMB deja claro que no la avalará.“La CDMB no acompaña en sus propósitos a quienes pretenden burlar por tercera vez un fallo judicial que se encuentra debidamente ejecutoriado. Esta Corporación ya formuló un Incidente de Desacato por este incumplimiento en el Juzgado Cuarto Administrativo de Bucaramanga y responsabiliza a estas autoridades de lo que pueda suceder en adelante con la disposición final de los residuos sólidos”, afirmó Anaya Méndez, quien advirtió que es muy posible que esta solución la posterguen los actuales alcaldes para dejarla en manos de sus sucesores.La Corporación reitera que como autoridad ambiental tiene competencia y capacidad técnica para hacerle seguimiento a este proceso de disposición final de residuos sólidos, de conformidad con la Ley 99 y el Decreto 838 de 2005, que en su artículo 5 recuerda que no se pueden permitir rellenos sanitarios en suelos urbanos, menos cuando se pretende avalar una nueva emergencia sanitaria.“Este es un relleno sanitario arcaico que viola cualquier norma sanitaria en Colombia, viola las restricciones aéreas y en las condiciones actuales podría atentar contra la salud humana”, manifestó el Director.Por último, el funcionario invitó a los habitantes de la comuna 11 a acompañar a los funcionarios de la CDMB en el cierre de El Carrasco, el cual se hará con una siembra de árboles a manera de barrera natural.Entre lo político y lo ambiental, me quedo con lo ambiental”, puntualizó.Tarifas de aseo por disposición final de residuos están sin sustento jurídicoLa Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, advirtió que ni la Empresa de Aseo de Bucaramanga, Emab, ni las demás entidades prestadoras del servicio público pueden cobrar el costo por la disposición final en el sitio El Carrasco, por no contar con un Plan de Manejo Ambiental.La respuesta de la CRA corresponde a una consulta elevada por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, CDMB, en la que señala que cuando la disposición final de residuos sólidos se realice en rellenos sanitarios, estos deben estar debidamente licenciados, tal como lo certifica la Agencia Nacional de Licencias Ambientales, ANLA.“Así las cosas, el cobro de la tarifa queda prácticamente sin piso jurídico, porque reiteramos que El Carrasco no tiene licenciamiento”, manifestó el Director de la CDMB.Así mismo, la CRA explicó que en caso de que los residuos sólidos se deban trasladar de un municipio a otro, los alcaldes tienen la responsabilidad de elaborar y mantener un Plan Municipal de Gestión de Riesgo de Residuos Sólidos, y en ningún momento podrán cargar los costos a las tarifas del aseo.La Comisión considera que, en procura de las responsabilidades en materia de servicios públicos, las tarifas no pueden trasladarse a los usuarios por la negligencia de los alcaldes. Es el municipio el garante de la prestación del servicio. Powered By GSpeech