Ante las repetidas denuncias que recibe la CDMB por olores ofensivos que se producen en la meseta de Bucaramanga, la Corporación aplicará con rigor las medidas que ordenó el Ministerio de Ambiente a través del decreto 1541 de 2013, por medio del cual se establecen los niveles permisibles de la calidad del aire, el procedimiento para la evaluación de actividades que generen olores ofensivos y otras disposiciones.
Esta herramienta jurídica, adoptada mediante resolución 2087 del 16 de diciembre de 2014, le permite a la CDMB recibir las quejas por malos olores y darle trámite formal en un lapso no superior a los 30 días. Además, podrá exigir a las empresas del sector agroindustrial, un Plan para la Reducción del Impacto por Olores Ofensivos, PRIO.
El Grupo Élite Ambiental, GEA, será el encargado de hacer monitoreo, control y vigilancia a quienes contaminan el ambiente con sus actividades y deberá determinar, para cada caso, la necesidad de implementar un PRIO.
Entre las actividades que la Resolución del Minambiente considera que generan olores ofensivos están el procesamiento de carnes, pescados y frutos del mar; la fabricación de productos petroquímicos; la fabricación de papel y cartón; curtido de cueros y teñido de pieles; disposición de desechos; plantas de tratamiento; producción pecuaria; y otras actividades que liberen al ambiente sustancias con olores ofensivos.