El muro construido busca generar depósitos de material de arrastre, que luego son extraídos para la comercialización. Los funcionarios ambientales solicitaron los documentos que autorizaran la ocupación del cauce, los cuales no fueron presentados por los responsables de la actividad, contraviniendo de esta forma el decreto 2820 del 5 de Agosto de 2010, que reglamenta la ley 99 de 1993.
La intervención directa de la franja de protección y la ocupación del cauce se presentan en un área aproximada de 500 metros cuadrados, y se estima inicialmente que recuperar la zona de aislamiento de la quebrada tardaría unos 10 años.
Dentro de las recomendaciones hechas por los expertos al iniciar un proceso sancionatorio en contra de los presuntos infractores, se establece detener la extracción desmesurada del material de arrastre y la demolición de los muros que están afectando el cauce normal de la Quebrada el Aburrido.