Institucional (26)
Subcategorías
Normatividad (5)
Aqui se encuentran las normas que son rigen: Tanto de caracter nacional (Leyes/ordenanzas/Acuerdos, decretos, Resoluciones) como de caracter regional (Acuerdos, decretos, resoluciones).
Se encuentran tambíen las normas que estan en proyecto de expedicción.
NORMAS GENERALES | ||
CONSTITUCIÓN DE 1991 (499.07 kB) | Asamblea Nacional Constituyente | La Constitución Política de Colombia de 1991 elevó a norma constitucional la consideración, manejo y conservación de los recursos naturales y el medio ambiente-articulos 7,4,49,68,63,79,80,88,95,330 |
LEY 29 DE 1944 (122 kB) | Congreso de Colombia | Por la cual se dictan disposiciones sobre prensa. |
LEY 51 DE 1975 (52.46 kB) | Congreso de Colombia | Por el cual se reglamenta el ejerció del periodismo y se dictan otras disposiciones. |
LEY 9 DE 1979 (209.8 kB) | Congreso de la Republica | Código nacional sanitario, Por la cual se dictan normas de control sanitario del Medio Ambiente. |
LEY 23 DE 1982 (197.22 kB) | Congreso de Colombia | Por la cual se reglamenta lo relacionada con los derechos de Autor |
DECRETO 01 de 1984 (2.06 MB) | Congreso de la Republica | Por el cual se reforma el Código Contencioso Administrativo. |
LEY 99 DE 1993 (176.49 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se crea el Ministerio del medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el sistema nacional ambiental y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 1768 DE 1994 (28.31 kB) | Presidente de la Republica | Establecimiento, organización o reforma de las corporaciones autónomas regionales creadas o transformadas por la ley 99 de 1993. |
LEY 599 DE 2000 (824.55 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se expide el Código Penal. |
LEY 685 DE 2001 (420.4 kB) | Congreso de Colombia | Por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 1389 DE 2009 (28.5 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se dictan medidas especiales sobre fajas de retiro en las carreteras del sistema Vial Nacional, de conformidad con la ley 1228 de 2008. |
LEY 1333 DE 2009 (346.04 kB) | Congreso de la Republica | Por el cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 4550 DE 2009 (188.87 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamentan parcialmente el Decreto Ley 919 de 1989 y la Ley 1228 de 2008, especialmente en relación con la adecuación, reparación y/o reconstrucción de edificaciones, con posterioridad a la declaración de una situación de desastre o calamidad pública y la prohibición de expedir licencias de construcción en casos determinados”. |
DECRETO 4548 DE 2009 (50.38 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | “por el cual se da aplicación al artículo 14 de la Ley 1150 de 2007, en relación con los gestores de los Planes Departamentales para el manejo empresarial de los servicios de agua y saneamiento de que trata el artículo 91 de la Ley 1151 de 2007”, referente a contratación. |
DECRETO 3695 DE 2009 (337.03 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | "Por medio del cual se reglamenta la Ley 1259 de 2008 y se dictan otras disposiciones" |
DECRETO 2590 DE 2009 (45 kB) | Ministerio de Comercio, industria y Turismo | por el cual se reglamenta las leyes 300 de 1996 y 1101 de 2006 |
DECRETO 3641 DE 2009 (67.17 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por el cual se modifica parcialmente el decreto 3600 de 2007, modificado por el decreto 4066 de 2008. |
DECRETO 4549 DE 2009 (90.08 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | por el cual se modifica el Decreto 2600 de 2009” (elección de miembros del Consejo Técnico Asesor de Política y Normatividad Ambiental |
resolucion 1559 de 2009 (108 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | por la cual se acogen los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para los proyectos de construcción de segundas calzadas en terreno plano a semiondulado y se toman otras determinaciones |
RESOLUCION 415 DE 2010 (48.5 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | por medio de la cual se reglamenta el registro unico de infractores ambientales RUIA |
LEY 1382 DE 2010 (235.13 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se modifica la ley 685 de 2001, codigo de Minas |
DECRETO 4627 - 2010 (387.27 kB) | Ministerio de Hacienda y Crédito Publico
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Por el cual se dictan disposiciones para hacer frente a la emergencia económica, social y ecológica y se modifica el presupuesto general de la nación para la vigencia fiscal de 2010
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Decreto 4628 del 2010 (300.86 kB) | Ministerio del interior y de Justicia
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Por el cual se dictan normas sobre expropiación por vía administrativa y se adoptan otras medidas
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Decreto 4629 del 2010 (264.41 kB) | Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
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por el cual se modifica transitoriamente, el artículo 45 de la ley 99 de 1993, el artículo 4 del decreto 1933 de 1994 y se dictan otras disposiciones para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional
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Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
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por el cual se adiciona el artículo 38 de la ley 1333 de 2009 y se dictan otras disposiciones para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica , social y ecológica nacional
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Ministerio del interior y de Justicia
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Por el cual se dictan normas sobre evacuación de personas y se adoptan otras medidas
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Procuraduria-Circular-2010-N058_20101210 (1.92 MB) | Procuraduria General de la Nacion
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Vigilancia de la gestión Pública frete a la emergencia por la ola invernal
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RECURSOS HÍDRICOS | ||
DECRETO 2667 DE 2012 | Presidente de la Republica | "Por el cual se reglamenta la tasa retributiva por la utilización directa e indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales, y se toman otras determinaciones" |
DECRETO 1541 DE 1978 (213.42 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta la Parte III del Libro II del Decreto-Ley 2811 de 1974: "De las aguas no marítimas" y parcialmente la Ley 23 de 1973. |
LEY 56 DE 1981 (15.58 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se dictan normas sobre obras públicas de generación eléctrica, y acueductos, sistemas de regadío y otras y se regulan las expropiaciones y servidumbres de los bienes afectados por tales obras |
RESOLUCION 8321 DE 1983 (36.25 kB) | Ministerio de Salud | Por la cual se dictan normas sobre Protección y conservación de la Audición de la Salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos. |
DECRETO 1594 DE 1984 (150.55 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se establecen los Usos del agua y residuos líquidos. |
LEY 41 DE 1993 (141.19 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se organiza el subsector de adecuación de tierras y se establecen sus funciones. |
LEY 373 DE 1997 (46.17 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua. |
RESOLUCION 273 DE 1997 (30.5 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por la cual se fijan las tarifas mínimas de las tasas retributivas por vertimientos líquidos para los parámetros Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO) y Sólidos Suspendidos Totales (SST). |
RESOLUICION 0372 DE 1998 (6.96 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por la cual se actualizan las tarifas mínimas de las tasas retributivas por vertimientos líquidos y se dictan disposiciones. |
DECRETO 155 DE 2004 (48.26 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 sobre tasas por utilización de aguas y se adoptan otras disposiciones |
DECRETO 3440 DE 2004 (61.07 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por el cual se modifica el Decreto 3100 de 2003 y se adoptan otras disposiciones |
RESOLUCION 1433 DE 2004 (43 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | por la cual se reglamenta el artículo 12 del Decreto 3100 de 2003, sobre Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV, y se adoptan otras determinaciones |
RESOLUCION 2145 DE 2005 (95.03 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1433 de 2004 sobre Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV. |
DECRETO 4742 DE 2005 (27.81 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda | Por el cual se modifica el artículo 12 del Decreto 155 de 2004 mediante el cual se reglamenta el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 sobre tasas por utilización de aguas |
DECRETO 1900 DE 2006 (51.63 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda | Por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 43 de la ley 99 de 1993 y se dictan otras disposiciones. |
LEY 1151 DE 2007 (949.61 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010. |
DECRETO 1575 DE 2007 (62.76 kB) | Ministerio de la Protección Social | Por la cual se establece el Sistema para la Protección y control de la Calidad del Agua para Consumo Humano. |
FAUNA | ||
RESOLUCION 176 DE 1970 (27.5 kB) | INDERENA | Por la cual se establece de caza de algunas especies de la fauna silvestre |
DECRETO 1608 DE 1974 (227.43 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de protección al medio ambiente y la ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre. Art. 30 y 196 |
LEY 17 DE 1981 (70.59 kB) | Congreso de Colombia | Por la cual se aprueba la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, suscrita en Washington, D.C. el 3 de marzo de 1973, cuyo texto certificado es el siguiente |
LEY 84 DE 1989 (39.92 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia. |
RESOLUCION 1367 DE 2000 (42 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por la cual se establece el procedimiento para las autorizaciones de importación y exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listadas en los apéndices de la Convención CITES. Art. 11 |
DECRETO 2967 DE 1997 (64.62 kB) | Presidencia de la República- Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial | Por el cual se designan los puertos autorizados para el comercio internacional de especímenes de fauna y flora silvestre. |
LEY 611 DE 2000 (47.5 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se dictan normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática. |
RESOLUCION 438 DE 2001 (41.5 kB) | Ministerio de Salud | Por la cual se establece el Salvoconducto Único Nacional para la movilización de especímenes de la diversidad biológica. Ministerio de ambiente (artículos 5). |
RESOLUCION 383 DE 2010 (760.23 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | "Por la cual se declaran las especies silvestres que se encuentran amenazadas en el territorio nacional y se toman otras determinaciones". |
AIRE | ||
DECRETO 02 DE 1982 (99.27 kB) | Ministerio de Salud | Por el cual se reglamentan parcialmente el Titulo I de la Ley 09 de 1979 y el Decreto Ley 2811 de 1974, en cuanto a emisiones atmosféricas. |
DECRETO 948 DE 1995 (292.36 kB) | Ministerio del medio ambiente | por la cual se reglamentan parcialmente la Ley 23 de 1973 , el decreto-Ley 2811 de 1974, la Ley 9ª de 1979 y la Ley 99 de 1993 en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire. |
RESOLUCION 0582 DE 1996 (183 kB) | Ministerio de Minas y energia | Por la cual se reglamenta el almacenamiento, manejo y distribución del gas natural Comprimido (GNC) para uso en vehículos automotores, la conversión de los mismos y se delegan unas funciones. |
DECRETO 1697 DE 1997 (61.52 kB) | Presidente de la Republica | Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995, que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire. |
RESOLUCION 619 DE 1997 (13.15 kB) | El Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo territorial | Por la cual se establecen parcialmente los factores a partir de los cuales se requiere permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas. |
DECRETO 1605 DE 2002 (73.21 kB) | Ministerio de Minas y energia | Por el cual se define el esquema de vigilancia y control al que están sometidas las actividades relacionadas con el Gas Natural Comprimido para uso vehicular y se dictan otras disposiciones. |
RESOLUCION 886 DE 2004 (67.13 kB) | Ministerio de Ambiente, Vivenda y Desarrollo Territorial | Se establecen los estándares de emisión admisibles de contaminantes al aire para incineradores |
RESOLUCION 532 DE 2005 (101.33 kB) | Ministerio de Ambiente, Vivenda y Desarrollo Territorial | Por el cual establece los estándares de emisión admisibles de contaminantes al aire por quemas controladas en áreas rurales en actividades agricolas y mineras. |
RESOLUCION 3500 DE 2005 (150.66 kB) | Ministerio De Transporte y de Ambiente y Vivienda. | Por la cual se establecen las condiciones mínimas que deben cumplir los Centros de Diagnóstico Automotor para realizar las revisiones técnico-mecánica y de gases de los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional. |
RESOLUCION 2200 DE 2006 (81 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda | Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 003500 de noviembre 21 de 2005, por la cual se establecen las condiciones mínimas que deben cumplir los Centros de Diagnóstico Automotor para realizar las revisiones técnico-mecánicas y de gases de los vehículos automotores que transitan por el territorio nacional. |
RESOLUCION 5975 DE 2006 (48 kB) | Ministerio De Transporte y de Ambiente y Vivienda. | Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 3500 del 21 de noviembre de 2005, modificada por la Resolución 2200 del 30 de mayo de 2006. |
DECRETO 979 DE 2006 (43.5 kB) | Presidente de la Republica | "Por el cual se modifican los artículos 7,10, 93, 94 y 108 del Decreto 948 de 1995." Declaración de niveles de contaminación Del aire y planes de contingencia |
RESOLUCION 601 DE 2006 (79.5 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivenda y Desarrollo Territorial | Por la cual se establece la Norma de Calidad del Aire o Nivel de Inmisión, para todo el territorio nacional en condiciones de referencia. |
RESOLUCION 627 DE 2006 (255.18 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental |
RESOLUCION 627 DE 2006 (255.18 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por la cual se adopta el procedimiento para la expedición de la certificación en materia de revisión de gases, a que hace referencia el literal e) del artículo 6° de la Resolución 3500 de 2005 |
RESOLUCION 909 DE 2008 (376 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por la cual se reglamentan los niveles permisibles de emisión de contaminantes que deberán cumplir las fuentes móviles terrestres, se reglamenta el artículo 91 del Decreto 948 de 1995 y se adoptan otras disposiciones |
RESOLUCION 910 DE 2008 (408.38 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | por la cual se establecen las normas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmosfera por fuentes fijas y se dictan otras disposiciones |
SUELO | ||
DECRETO 2811 DE 1974 (278.71 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. Art. 289 |
DECRETO 1601 DE 1984 (178.22 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V y VII de la Ley 09 de 1979, en cuanto a sanidad portuaria y vigilancia epidemiológica en naves y vehículos terrestres. |
LEY 79 DE 1986 (29.5 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se provee a la conservación del agua y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 1842 DE 1991 (108.89 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se expide el Estatuto Nacional de Usuarios de los Servicios Públicos Domiciliarios. |
RESOLUCION 189 DE 1994 (20.96 kB) | Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial | Por la cual se dictan regulaciones para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos. |
Ley 142 de 1994 (250.46 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 605 DE 1996 (216.15 kB) | Ministerio de Desarrollo Economico | Por la cual se reglamenta la ley 142 de 1994 en relación con la prestación del servicio público domiciliario de aseo. Norma técnica GTC 24/1 de 1996. |
LEY 400 DE 1997 (204.27 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes. (Articulo 15 y 52). |
LEY 388 DE 1997 (767.87 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 3ª de 1991 y se dictan otras disposiciones. |
LEY 511 DE 1999 (17.18 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se establece el Día Nacional del Reciclador y del Reciclaje |
LEY 632 DE 2000 (30.73 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se modifican parcialmente las Leyes 142, 143 de 1994, 223 de 1995 y 286 de 1996. |
DECRETO 1547 DE 2000 (24.5 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifican los Decretos 1052 de 1998 y 297 de 1999, en lo relacionado con la prórroga de las Licencias de urbanismo y construcción. |
DECRETO 2695 DE 2000 (74.81 kB) | Ministerio Mediio Ambiente | Por medio del cual se reglamenta el artículo 2° de la Ley 511 de 1999. |
RESOLUCION 1096 DE 2000 (457.04 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por la cual se adopta el Reglamento Técnico para el sector de agua potable y saneamiento básico – RAS. |
RESOLUCION 222 DE 2000 (47.5 kB) | Presidente de la Republica | Por la cual se fijan las tarifas de servicio público de transporte intermunicipal de pasajeros por carretera. |
RESOLUCION 970 DE 2001 (39.5 kB) | Ministerio del medio ambiente | Por la cual se reglamenta la función de supervisión o Interventoría en los contratos suscritos por la Secretaría Distrital de Salud y/o Fondo Financiero Distrital de Salud |
DECRETO 1713 2002 (364.04 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos. |
DECRETO 932 DE 2002 (143.74 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 388 de 1997. |
RESOLUCION 058 DE 2002 (91 kB) | Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial | Por la cual se establecen normas y límites máximos permisibles de emisión para incineradores y hornos crematorios de residuos sólidos y líquidos |
Decreto 1443 de 2004 (52.15 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 253 de 1996, y la Ley 430 de 1998 en relación con la prevención y control de la contaminación ambiental por el manejo de plaguicidas y desechos o residuos peligrosos provenientes de los mismos, y se toman otras determinaciones. |
DECRETO 4741 DE 2005 (232.83 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión Integral. |
DECRETO 1220 DE 2005 (157.21 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales |
DECRETO 838 DE 2005 (138.17 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones. |
RESOLUCION 1023 DE 2005 (55.09 kB) | Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial | Por la cual se adoptan guías ambientales como instrumento de autogestión y autorregulación. |
RESOLUCION 1402 DE 2006 (111.46 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos. |
RESOLUCION 693 DE 2007 (46.5 kB) | Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial | Por la cual se establecen criterios y requisitos que deben ser considerados para los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Plaguicidas. |
RESOLUCION 1362 DE 2007 (59 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por la cual se establece los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, a que hacen referencia los Artículos 27 y 28 de Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005. |
LEY 1252 DE 2008 (55.61 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones. |
ZONA DE CESION OBLIGATORIA | ||
DECRETO 1449 DE 1977 (27.44 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan parcialmente el inciso 1 del numeral 5 del artículo 56 de la Ley número 135 de 1961 y el Decreto-Ley número 2811 de 1974. |
LEY 388 DE 1997 (767.87 kB) | Congreso de la Republica | Reglamentada por los Decretos Nacionales 150 y 507 de 1999; 932 y 1337 de 2002; 975 y 1788 de 2004; 973 de 2005; 3600 de 2007; 4065 de 2008; 2190 de 2009. Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones |
DECRETO 564 DE 2006 (243.5 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos; a la legalización de asentamientos humanos constituidos por viviendas de Interés Social, y se expiden otras disposiciones |
LEY 1242 DE 2008 (166.66 kB) | Congreso de la Republica | Por el cual se establece el nuevo Código Nacional de Navegación y actividades Fluviales y se establecen otras disposiciones. |
AVÍCOLAS | ||
DECRETO 2278 DE 1982 (273.5 kB) | Presidente de la Republica | (Artículos 4, 5 y 9) reglamenta parcialmente el título V de la ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público para consumo humano y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne. |
DECRETO 415 DE 2007 (23.81 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se adopta una medida transitoria en materia de salud pública. |
PORCÍCOLAS | ||
DECRETO 1036 DE 1991 (37.24 kB) | Ministerio de Salud Pùblica | (artículos. 28,29 y 30 a 40). subroga el capítulo I del título I DEL DECRETO 2278 de el 02 de agosto de 1988 (de los mataderos de abasto público y su funcionamiento) |
DECRETO 1500 DE 2007 (182.98 kB) | Ministerio de la Protección Social | (Artículos 18 a 23) se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el sistema oficial de inspección, vigilancia y control de carne destinada para el consumo humano. |
ORDENAMIENTO TERRITORIAL | ||
LEY 9 DE 1989 (6.42 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se dictan otras disposiciones.Reforma Urbana. |
LEY 2 DE 1991 (30.42 kB) | Congreso de la Republica | por el cual se modifica la Ley 9 de 1989 |
LEY 388 DE 1997 (767.87 kB) | Congreso de la Republica | por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 3ª de 1991 y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 879 DE 1998 (111.11 kB) | Ministerio de Desarrollo Economico | Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes al ordenamiento del territorio municipal y distrital y a los planes de ordenamiento territorial. |
DECRETO 1052 DE 1998 (192.33 kB) | Ministerio de Desarrollo Economico | Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a licencias de construcción y urbanismo, al ejercicio de la curaduría urbana, y las sanciones urbanísticas. |
DECRETO 1504 DE 1998 (184.23 kB) | Ministerio de Desarrollo Economico | Por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de ordenamiento territorial |
DECRETO 1507 DE 1998 (125.38 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a planes parciales y a unidades de actuación urbanística contenidas en la Ley 388 de 1997. |
DECRETO 796 DE 1999 (56.87 kB) | Ministerio de Desarrollo Economico | Por el cual se modifica el artículo 20 del Decreto 1504 de 1998. Espacio público |
DECRETO 1788 DE 2004 (53.91 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan parcialmente las disposiciones referentes a la Participación en Plusvalía de que trata la Ley 388 de 1997 |
DECRETO 4002 DE 2004 (20.14 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan los artículos 15 y 28 de la Ley 388 de 1997. |
DECRETO 1600 DE 2005 (143.5 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan las disposiciones sobre licencias urbanísticas, reconocimiento de edificaciones y legalización de asentamientos humanos |
DECRETO 2762 DE 2005 (55 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan las audiencias públicas ambientales |
DECRETO 0564 DE 2006 (426.59 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos; a la legalización de asentamientos humanos constituidos por viviendas de Interés Social, y se expiden otras disposiciones. |
DECRETO 2181 DE 2006 (69.15 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan parcialmente las disposiciones relativas a planes parciales contenidas en la Ley 388 de 1997 y se dictan otras disposiciones en materia urbanística. |
DECRETO 4397 DE 2006 (177.31 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifican los Decretos 097 y 564 de 2006. |
DECRETO 4300 DE 2007 (113.2 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a planes parciales de que tratan los artículos 19 y 27 de la Ley 388 de 1997 y el artículo 80 de la Ley 1151 de 2007, se subrogan los artículos 1°, 5°, 12 y 16 del Decreto 2181 de 2006 y se dictan otras disposiciones |
LEY 1228 DE 2008 (64.95 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se determinan las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para las carreteras del sistema vial nacional, se crea el sistema integral nacional de información de carreteras y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 4065 DE 2008 (41.5 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 388 de 1997 relativas a las actuaciones y procedimientos para la urbanización e incorporación al desarrollo de los predios y zonas comprendidas en suelo urbano y de expansión y se dictan otras disposiciones aplicables a la estimación y liquidación de la participación en plusvalía en los procesos de urbanización y edificación de inmuebles. |
DECRETO 4066 DE 2008 (104.08 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifican los artículos 1, 9, 10, 11, 14, 17,18 Y 19 del Decreto 3600 de 2007 y se dictan otras disposiciones". |
ÁREAS PROTEGIDAS Y DE MANEJO ESPECIAL, ECOSISTEMAS | ||
DECRETO 1974 DE 1989 (43.51 kB) | Presidente de la republica, Ministerio del medio ambiente | Por el cual se reglamenta el artículo 310 del Decreto - Ley 2811 de 1974, Sobre Distritos de Manejo Integrado de los recursos Naturales Renovables y la Ley 23 de 1973. |
DECRETO 1539 DE 1997 (140.31 kB) | Presidente de la Republica | Aprobación del Acuerdo Nº 0839 del 23 de Diciembre de 1996, del Consejo Directivo de la CDMB, mediante el cual se declara un Distrito de Manejo Integrado. |
RESOLUCION 0769 DE 2002 (46 kB) | Ministerio del medio ambiente | “Por el cual se dictan disposiciones para contribuir a la protección, conservación y sostenibilidad de los páramos. |
Resolucion 0839 de 2003 (60.5 kB) | Ministerio del medio ambiente Y Vivienda Y Desarrollo Territorial | Por la cual se establecen los términos de referencia para la elaboración del Estudio sobre el Estado Actual de Páramos y del Plan de Manejo Ambiental de los Páramos. |
RESOLUCION 0196 DE 2006 (48.37 kB) | Ministerio del medio ambiente Y Vivienda Y Desarrollo Territorial | Por la cual se adopta la guía técnica para la formulación de planes de manejo para humedales en Colombia. |
Resolucion 871 de 2006 (107.25 kB) | Ministerio del medio ambiente Y Vivienda Y Desarrollo Territorial | Por medio de la cual se establece el procedimiento y los requisitos para el trámite de las solicitudes de sustracción de los suelos urbano y de expansión urbana municipales de las áreas de reserva forestal de la Ley 2ª de 1959 y se adoptan otras determinaciones. |
DECRETO 2855 DE 2006 (31 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifica el Decreto 1974 de 1989 Procedimiento para la sustracción de áreas de Distrito de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Renovables (DMI). |
ORDENACIÓN DE CUENCAS | ||
DECRETO 1604 DE 2002 (66.92 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se realizan Las comisiones de que trata el parágrafo 3 del artículo 33 de la Ley 99 de 1993, tienen como objeto concertar, armonizar y definir políticas, para el ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas |
RESOLUCION 104 DE 2003 (36.29 kB) | El director General | Por la que se establecen los criterios y parámetros para la Clasificación y Priorización de cuencas Hidrográficas |
RESOLUCION 865 DE 2004 (459 kB) | Ministerio del medio ambiente Y Vivienda Y Desarrollo Territorial | Por la cual se adopta la metodología para el cálculo del índice de escasez para aguas superficiales a que se refiere el Decreto 155 de 2004 y se adoptan otras disposiciones. |
ORDENACIÓN FORESTAL | ||
LEY 119 DE 1919 (38 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se reforma el Código Fiscal (Ley 110 de 1912), sobre explotación de bosques nacionales |
LEY 2 DE 1959 (107.74 kB) | Congreso de la Republica | Por el cual se dictan normas sobre economía forestal de la Nación y conservación de recursos naturales renovables |
DECRETO 877 DE 1976 (16.91 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se señalan prioridades referentes a los diversos usos del recurso forestal, a su aprovechamiento y al otorgamiento de permisos y concesiones y se dictan otras disposiciones. |
LEY 160 DE 1994 (506.17 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, se establece un subsidio para la adquisición de tierras, se reforma el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 1791 DE 1996 (121.97 kB) | Presidente de la Republica | Por medio de la cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal |
ORDENACION DE RECURSOS HÍDRICOS | ||
LEY 9 DE 1979 (209.8 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se dictan medidas sanitarias |
DECRETO 2858 DE 1981 (13.88 kB) | Ministerio de Agricultura | Por el cual se reglamenta parcialmente el [ Artículo 56 del Decreto-Ley 2811 de 1974 ] y se modifica eI [ Decreto 1541 de 1978 |
DECRETO 3100 DE 2003 (1.09 MB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial. | Por medio del cual se reglamentan la tasas retributivas por la utilización directa del agua como receptor de los vertimientos puntuales y se toman otras determinaciones" |
GESTIÓN DEL RIESGO | ||
DECRETO 919 DE 1989 (301.19 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y se dictan otras disposiciones. |
LEY 388 DE 1997 (767.87 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 2ª de 1991 y se dictan otras disposiciones. |
ADQUISICIÓN DE ÁREAS | ||
DECRETO 1355 DE 1970 (433.25 kB) | Ministerio de Justicia | Por el cual se dictan normas sobre Policía |
LEY 46 DE 1988 (36.56 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, se otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República, y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 3888 DE 2007 (51.07 kB) | Ministerio del interior y de Justicia | Por el cual se adopta el Plan Nacional de Emergencia y contingencia para eventos de afluencia masiva de Público y se conforma la comisión nacional asesora de programas masivos y se dictan otras disposiciones |
DECRETO 93 DE 1998 (86.93 kB) | Ministerio del interior y de Justicia | Por la cual se adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de desastres. |
LEY 308 DE 1996 (31.5 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se modifica parcialmente el artículo 367 del Código Penal y se tipifica con conducta delictiva la del Urbanizador Ilegal. |
LEY 1152 DE 2007 (707.83 kB) | Congreso de la Republica | Por el cual se dicta el Estatuto de Desarrollo Rural, se reforma el instituto Colombiano de desarrollo rural, incoder, y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 4830 DE 2008 (35.5 kB) | Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural | Por el cual se crea un mecanismo de atención especial en situaciones de calamidad pública, desastre o emergencia, para atender con subsidio familiar de vivienda de interés social rural a familias afectadas. |
ECOTURISMO | ||
DECRETO 622 DE 1977 (41.02 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta parcialmente: el capitulo V título II parte XIII del Decreto Ley 2811 de 1974 sobre Sistema de Parques Nacionales, la Ley 23 de 1973 y la Ley 2 de 1959. |
LEY 300 DE 1996 (354.5 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se crea la Ley general de turismo. |
Decreto 219 de 2000 (159.44 kB) | Presidente de la Republica | Por la cual se Modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico. |
DECRETO 216 DE 2003 (115.03 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y se dictan otras disposiciones”. |
DECRETO 2755 DE 2003 (239.7 kB) | Ministerio de interior y de Justicia | Por el cual se Establece la forma y requisitos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes la certificación de que trata el numeral 5 del artículo 207-2 del Estatuto Tributario. |
LEY 1101 DE 2006 (46.22 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 - Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones. |
BIODIVERSIDAD | ||
LEY 29 DE 1990 (16.31 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se dicta disposiciones para el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico y dispone que corresponde al Estado promover y orientar el adelanto científico. |
LEY 165 DE 1994 (173.12 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se aprueba el Convenio sobre Diversidad Biológica, los Estados Parte deben promover y fomentar la investigación que contribuya a la conservación y a la utilización sostenible de la diversidad biológica. |
LEY 299 DE 1996 (79.26 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se protege la flora colombiana, se reglamentan los jardines botánicos y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 309 DE 2000 (97.46 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por el cual se reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica. |
RESOLUCION 68 DE 2002 (86.5 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Por la cual el Ministerio del Medio Ambiente determina los requisitos exigidos para la expedición de permisos de estudio con fines de investigación científica en diversidad biológica. |
PROTOCOLODE CARTAGENA (389.41 kB) | Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología del convenio sobre la diversidad biológica. | |
BIOCOMERCIO | ||
LEY 2 DE 1959 (107.74 kB) | Congreso de la Republica | Sobre economía forestal de la Nación y conservación de recursos naturales renovables. |
ACUERDO 38 DE 1973 (58 kB) | Ministerio de Agricultura | ESTATUTO DE LA FLORA SILVESTRE - Aprovechamiento de productos de la flora silvestre con fines comerciales |
LEY 17 DE 1981 (162.5 kB) | Congreso de la Republica | Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres |
LEY 86 DE 1993 (22.86 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se reglamenta el uso e industrialización de la Flora Medicinal. |
LEY 165 DE 1994 (173.12 kB) | Congreso de la Republica | Convenio de Diversidad Biológica |
|
Consejo Nacional Ambiental | Como Colombia piensa orientar a largo plazo las estrategias nacionales sobre el tema de la Biodiversidad. |
DECRETO 677 DE 1995 (311.53 kB) | Presidencia de la República | Por lo cual se reglamenta parcialmente el Régimen de Registros y Licencias, el control de calidad, asi como el Regimen de vigilancia Sanitaria de medicamentos, cosmeticos, preparaciones farmaceuticas y se dictan otras disposiciones en la materia. |
RESOLUCION 3123 DE 1995 (44.6 kB) | ICA | Por la cual se adiciona y aclara la Resolución 1893 del 29 de junio de 1995. Por la cual se ordena la apertura del Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas, se establece el procedimiento para la Obtención del Certificado de Obtentor y se dictan otras disposiciones. |
LEY 300 DE 1996 (354.5 kB) | Congreso de la Republica | Por el cual se expide la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 1791 DE 1996 (121.97 kB) | Presidente de la Republica | Adopción del régimen de aprovechamiento forestal para los productos de Biocomercio |
DECRETO 3075 DE 1997 (313.26 kB) | Presidente de la Republica | Registro Sanitario para Alimentos |
LEY 611 DE 2000 (47.5 kB) | Congreso de la Republica | Por la cual se dictan normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática. |
RESOLUCION 1367 DE 2000 (42 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | Procedimiento para las autorizaciones de importación y exportación de especímenes de la diversidad biológica que ni se encuentran listadas en los apéndices de la convención CITES |
DECRETO 1728 DE 2002 (91.24 kB) | Presidencia de la República & Ministerio del Medio Ambiente. | Guía para la obtención de la Licencia Ambiental, "Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre la Licencia Ambiental" |
DECRETO 1180 DE 2003 (75 kB) | Presidencia de la República & Ministerio del Medio Ambiente. | Procedimiento para la obtención de la Licencia Ambiental |
DECRETO 2755 DE 2003 (239.7 kB) | Ministerio del Interior y de Justicia | Por medio del cual se reglamenta el Artículo 207-2 del Estatuto Tributario |
RESOLUCION 0118 DE 2005 (68.34 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | “Por la cual se establecen los criterios técnicos de las diferentes actividades o servicios de Ecoturismo de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo del Articulo 12 del Decreto 2755 de 2003" |
RESOLUCION 890 DE 2005 (42 kB) | Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial. | CERTIFICACIÓN ECOTURISMO - Por la cual se establece la forma y requisitos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes la certificación de que trata el numeral 5 del artículo 207-2 del Estatuto Tributario. |
DOCUMENTO CONPES 3527 (601.41 kB) | Departamento Nacional de Planeación | Política Nacional de Competitividad y Productividad |
RESOLUCION 0207 DE 2010 (49.27 kB) | Ministerio de Ambiente y Vivienda y Desarrollo Territorial | Listado de especies exóticas invasoras |
RECURSOS NATURALES | ||
DECRETO 1715 DE 1978 (42.64 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamentan parcialmente el Decreto- Ley 2811 de 1974, la Ley 23 de 1973 y el Decreto- Ley 154 de 1976, en cuanto a protección del paisaje. |
DECRETO 704 DE 1986 (20.41 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se Reglamenta Parcialmente la Ley 23 de 1973, el Decreto - Ley 2811 de 1974 y la Ley 09 de 1979, en lo Relativo al Uso, Comercialización y Aplicación del D.D.T. |
Decreto 900 de 1997 (75.24 kB) | Ministerio de Medio Ambiente | Por el cual se reglametna el certificado de incentivo forestal para conservacion. |
DECRETO 305 DE 1988 (18.39 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se Reglamenta Parcialmente la ley 23 de 1973, el Decreto-Ley 2811 de 1974 y la Ley 09 de 1979, en lo relativo al Uso, Comercialización y Aplicación de Algunos Productos Organoclorados. |
RESOLUCION 528 DE 1997 (67.76 kB) | Ministerio del Medio Ambiente | Por medio de la cual se prohibe la producción de refrigeradores, congeladores y combinación de refrigerador - congelador, de uso doméstico, que contengan o requieran para su producción u operación Clorofluorocarbonos (CFCs), y se fijan requisitos para la importación de los mismos. |
DECRETO 901 DE 1997 (92.68 kB) | Presidencia de la República- Ministerio del Medio Ambiente | Por medio del cual se reglamentan las tasas retributivas por la utilización directa o indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales y se establecen las tarifas de éstas. |
DECRETO 1521 DE 1998 (151.54 kB) | Presidencia de la república- Ministerio de Minas y Energia | Por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio. |
RESOLUCION 1488 DE 2003 (48.5 kB) | Ministerio de Ambiente, Vivenda y Desarrollo Territorial | por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y los límites máximos permisibles de emisión, bajo los cuales se debe realizar la disposición final de llantas usadas y nuevas con desviación de calidad, en hornos de producción de clinker de plantas cementeras. |
RESOLUCION 909 DE 2008 (399.01 kB) | Ministerio de Ambiente, Vivenda y Desarrollo Territorial | Por la cual se establecen las normas y est ándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera por fuentes fijas y se dictan otras disposiciones. |
resolucion 1559 de 2009 (108 kB) | Ministerio del Medio Ambiente. | por la cual se acogen los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para los proyectos de construcción de segundas calzadas en terreno plano a semiondulado y se toman otras determinaciones. |
HUMEDALES | ||
LEY 357 DE 1997 (40 kB) | Congreso de la Republica | Se aprueba la "Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas", suscrita en Ramsar el dos (2) de febrero de mil novecientos setenta y uno (1971). |
DECRETO 2052 DE 1999 (84.51 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se promulga la "Convención relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas", suscrita en la ciudad de Ramsar-Irán el 2 de febrero de 1971. |
DECRETO 1729 DE 2002 (35.5 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta la Parte XIII <sic>, Título 2, Capítulo III del Decreto-ley 2811 de 1974 sobre cuencas hidrográficas, parcialmente el numeral 12 del artículo 5o. de la Ley 99 de 1993 y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 1200 DE 2004 (63.57 kB) | Presidencia de la República | Por el cual se determinan los instrumentos de planificación ambiental y se adoptan otras disposiciones. |
NORMAS PARA EL MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS Y HOSPITALARIOS | ||
DECRETO 605 DE 1996 (216.15 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta la ley 142 de 1994 en relación con la prestación del servicio público domiciliario de aseo. |
DECRETO 2676 DE 2000 (106.31 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares. |
DECRETO 1669 DE 2002 (25.95 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2676 de 2000. |
DECRETO 1713 2002 (364.04 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos. |
DECRETO 1140 DE 2003 (21.94 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con el tema de las unidades de almacenamiento, y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 1505 DE 2003 (44.7 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con los planes de gestión integral de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones |
DECRETO 838 DE 2005 (138.17 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones. |
DECRETO 4741 DE 2005 (232.83 kB) | Presidente de la Republica | Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral. |
1. Acuerdos aprobados por el Consejo Directivo de la CDMB
2. Normas emitidas por la CDMB
2.1 Resoluciones Boletín Ambiental
2.3 Resoluciones de carácter general
Resolucion 671-2017 11/08/2017: “Por medio de la Cual se establecen los instrumentos y se adoptan los términos
de referencia para la evaluación, relacionados con la administración de recurso
hídrico y se teman otras determinaciones “
3. Histórica - Boletín Ambiental anterior a Febrero de 2005
4. Plan de Enajenación Onerosa de Bienes
Por la cual se adopta el plan de enajenación onerosa de bienes inmuebles de propiedad de la corporación autónoma regional para la defensa de la meseta de Bucaramanga.
Resolución 000546 de 09 de mayo del 2012
Resolución 000024 de 05 de Enero del 2012
Resolución 000580 de 30 de Marzo del 2011
PROYECTOS ACTUALES
1. Texto Proyecto de Acuerdo de Consejo Directivo para la reglamentación de los Parques Naturales Regionales, Proyecto de Acuerdo PNR
2. Texto del Documento Síntesis Plan de Ordenamiento y Manejo de la Subcuenca Río Salamaga.
Para todos los proyectos, los distintos actores sociales de la región puedan presentar sus observaciones, sugerencias o comentarios al siguiente email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Resolución N° 1890 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial por la cual se aprueban los estatutos del la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga - CDMB
Resolución N°1890- 25/09/2006
Acuerdo de la Asamblea Corporativa N° 009 por el cual se modifican los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga - CDMB
Acuerdo N°009 - 26/02/2009
Planes de mejoramiento presentados a la Contraloría General de la República:
2021
Plan de Mejoramiento Institucional 2018-2021 con corte a diciembre 2021
Avance Plan de Mejoramiento CGR 30 de Junio de 2021
2020
Avance Plan de Mejoramiento CGR 31 de Diciembre de 2020
Avance Plan de Mejoramiento CGR 30 de Junio de 2020
2019
Avance Plan de Mejoramiento CGR 31 de Diciembre de 2019
Avance Plan de Mejoramiento Junio 30 de 2019
Nuevo Plan de Mejoramiento Institucional 2019 Vigencia 2018
Plan de Mejoramiento Institucional 2019 Vigencia 2017
2018
Avance Plan de Mejoramiento Diciembre 31 de 2018
Plan de Mejoramiento Institucional 2017-2018 con corte a Junio 30 de 2018
2017
Plan de Mejoramiento Institucional 2017-2018 con corte a diciembre 2017
Nuevo Plan de Mejoramiento 2017-2018
Plan de Mejoramiento Institucional 2016-2017 con corte a Junio 30 de 2017
Plan de Mejoramiento Institucional 2016-2017 con corte a Marzo 31 de 2017
Plan de Mejoramiento Institucional 2016-2017 con corte a Diciembre 31 de 2016
2016
Plan de Mejoramiento Institucional 2014-2015 con corte a Junio 30 de 2016.
Plan de Mejoramiento Institucional 2016 Vigencia Fiscal 2014-2015
2015
Plan de Mejoramiento Institucional 2014-2015 con corte a Diciembre 31 de 2015
Plan de Mejoramiento Institucional 2014 - 2015 Vigencia Fiscal 2013
Avance Plan de Mejoramiento Institucional 2014 - 2015 con corte a Junio 30 de 2015
2014
Avance Plan de Mejoramiento Institucional con corte a Diciembre 31 de 2014
Plan de Mejoramiento a la Política Nacional Gestión Integral del Recurso Hídrico PNGIRH 2014 – 2015
Plan de Mejoramiento Institucional 2014 – 2015 suscrito con la CGR el pasado 01 de agosto de 2014
Avance plan de mejoramiento institucional 2012-2013 con corte a junio 30 de 2014
2013
Avance Plan De Mejoramiento Institucional Vigencia 2012 – 2013 Con Corte A 31 De Diciembre Del 2013
Avance del Plan de Mejoramiento Institucional 2012-2013, con corte a junio 30 de 2013
2012
Avance del Plan de Mejoramiento Institucional 2012-2013, con corte a diciembre 31 de 2012
Plan de Mejoramiento 2012-2013 CDMB Nuevo
Plan de Mejoramiento 2011-2012 CGR Avance Junio 30 de 2012
Plan de Mejoramiento 2011-2012 CGR Avance Abril 30 de 2012
2011
Plan de Mejoramiento 2011-2012 CGR Avance Dic 31 2011
Plan de Mejoramiento 2010-2011 Avance Julio 31 2011 WEB
Plan de Mejoramiento2010-2011 Avance Junio 30 2011 WEB
Plan-de-Mejoramiento-2010-2011-Avance-Abril30-2011-WEB
2010
Plan de Mejoramiento CGR-Dic-2010
Nuevo Plan de Mejoramiento CGR Web a Octubre 31 2010
Plan de Mejoramiento 2010-2011 Unificado Julio 31 - 2010
Plan de Mejoramiento 2010-2011 Avance Junio 30 2011
Plan de Mejoramiento Unificado Abril 30 2010
Avance Plan de Mejoramiento Enero 31-2010
2009
Plan de mejoramiento 2009 a Diciembre 31 2009
Plan de Mejoramiento 2009 a Octubre 31 2009
Plan de Mejoramiento 2008 avance Julio 31 2009
Plan de Mejoramiento 2008 avance Junio 30 2009
Plan de Mejoramiento 2008 avance Abril 30 2009
Pan de Mejoramiento 2008 avance Enero 31 2009
2008
Plan de Mejoramiento 2008 avance Diciembre 31 2009
Plan de mejoramiento 2008 avance Octubre 31 2008
Plan de mejoramiento 2007 avance julio 31 2008
Plan de mejoramiento 2007 avance junio 2008
Plan de mejoramiento 2007 avance abril 30 de 2008
Plan de mejoramiento 2007 avance enero 31 2008
2007
Plan de Mejoramiento 2007 Avance Diciembre 31 2007
2005
Plan de Mejoramiento 2005 Avance 31 Diciembre 2005
Plan de Mejorameinto 2004 Avance Julio31 2005
Plan de Mejoramiento 2004 Avance Abril 20 2005
2004
Plan de mejoramiento 2004 Avance 31 Diciembre 2004
Plan de Mejoramiento 2004 Avance 31 Octubre 2004
Plan de mejoramiento 2004 Avance 31 Julio 2004
Pendientes Plan de Mejoramiento 2002 Junio 30 2004
Pendientes Plan de Mejoramiento 2001 avance Junio 30 2004
Pendientes Plan de mejoramiento Queja Ciudadana Junio 30 2004
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- Personalmente:
De lunes a viernes en el horario de 7:30 a.m a 11:45 a.m. y 2:00 pm a 5:45 pm
Por el conmutador 6346100
- Por internet:
- Ingresar Quejas Y Reclamos
- Consultar Quejas y Reclamos por identificación (CC o NIT)
- Consultar Quejas y Reclamos por No Radicación
o a los números directos de la Oficina de Atención al Cliente 6346124 y 01-8000-917300 (línea gratuita).
- Telefónicamente:
A continuación se presenta la Sede Central de la CDMB y los demás sitios que hacen parte de la Entidad:
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Sede Central
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Jardín Botánico
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Centro Experimental: "Finca la Esperanza"
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Parque La Flora
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Centro de Capacitación y Educación Ambiental: "El Rasgón"
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Viveros
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Almacen
SEDE CENTRAL
Cra 23 No.37-63 - Bucaramanga - Santander - Colombia
JARDÍN BOTÁNICO
El Jardín Botánico Eloy Valenzuela, fue creado por la Ley 13 de enero 20 de 1982, y abierto al público en general el 3 de agosto de 1990.
Es miembro fundador de la Red Nacional de Jardines Botánicos de Colombia, fue legalizado ante el Ministerio del Medio Ambiente y el Instituto de Investigaciones Biológicas Alexander Von Humboldt en el año 2.000, como lo estipula la Ley 299 de julio del 1996.
Actualmente hace parte de los proyectos de la Coordinación de Ecosistemas y Biodiversidad de la Subdirección de Administración de Recursos Naturales de la C.D .M.B.
Está ubicado en el área metropolitana de Bucaramanga, en la zona urbana del municipio de Floridablanca.
MISIÓN
Generar conocimientos sobre la diversidad vegetal del Nororiente de Santander, que conlleven al uso sostenible y a la preservación de los recursos genéticos, propendiendo por la creación de una ética ecológica ciudadana, para el desarrollo armonioso de la población santandereana dentro del marco de preservación de los recursos naturales .
VISIÓN
El Jardín botánico se consolidará como el primer centro de investigación Científica de la flora nativa del departamento de Santander, donde a la vez, se conserve la riqueza genética de las especies vegetales y se desarrolle investigación en métodos y técnicas de propagación de especies, restauración de ecosistemas degradados y potencialidad de uso de especies promisorias, bajo el concepto del desarrollo humano sostenible para el mejoramiento de la calidad de vida de la población santandereana.
• El Jardín Botánico Eloy Valenzuela, está abierto al público todos los días, fines de semana y festivos, de 8 a 12 m y de 2 a 5 p.m.
• La boleta de ingreso se adquiere en la taquilla a un valor de: Adultos (personas mayores de 8 años) $4.000.oo, niños menores de 8 años y estudiantes $2.000.oo - Ingreso preferencial (estudiantes – sisben).
• Además de conocer sobre la flora del departamento, también se puede interacturar con la naturaleza recorriendo los diferentes senderos.
• Se recomienda leer y darle cumplimiento al Reglamento del Jardín.
• Disfrute el contacto con la naturaleza.
• Comparta con su familia los valores naturales, indúzcalos a respetarlos pues son nuestro futuro y el de las nuevas generaciones.
Sugerencias remitirlas a la siguiente dirección electrónica del Jardín Botánico Eloy Valenzuela:
biojardín @cdmb.gov.co
PROGRAMAS QUE ADELANTA EL JARDÍN BOTÁNICO ELOY VALENZUELA
El Jardín Botánico Eloy Valenzuela adelanta programas de Conservación, Investigación y Educación ambiental.
PROGRAMA DE CONSERVACIÓN
Conservación ex sitú:
En un área de 7.5 hectáreas , se ubica la colección de plantas vivas en conservación ex situ, organizadas en colecciones como: Ornamentales, Arboreto, Medicinales, Frutales, Huerta campesina, Orquidiario, Heliconiario, Palmetum y Xerofíticas. A continuación se nombran algunas de las colecciones y las especies más representativas de cada una.
Colección de Plantas ornamentales
Existen treinta (30) especies de las cuales el 70% son especies nativas del trópico, como los anturios, bromelias, calateas, buquecitos, cucarachos, camarones, etc.
Orquidiario- Colección de Orquídeas
Actualmente posee treinta y cinco (35) especies, las cuales treinta y tres (33) son nativas, y han sido colectadas en el departamento de Santander.
Heliconiario - Colección de Heliconias
Los especialistas en esta familia, presupuestan que para Santander puede haber aproximadamente veinticinco (25) especies de Heliconias. Actualmente la colección del Jardín cuenta con dieciséis (16) especies colectadas principalmente en el área de jurisdicción de la CDMB.
Colección de Xerofíticas
En nuestro departamento poseemos un ecosistema único, encontramos vegetación que soporta condiciones extremas de suelo y sequía como es el enclave Xerofítico del Cañón del Río Chicamocha, de allí proviene la mayor cantidad de especies que hacen parte de esta colección , la cual cuenta actualmente con diez (10) especies de las cuales se destacan:
Colección de Frutales
El Jardín cuenta con treinta y dos (32) frutales, principalmente especies tropicales (ciruelo, borojó, marañón, grosello, madroños, mamey, zapote costeño, zapote chupa, ect) pero sin desconocer especies introducidas como el Noni, los mangos y cítricos, tan importantes para la alimentación.
Colección de Palmas
En esta colección encontramos trece (13) especies de palmas, la mayoría nativas del trópico.
Colección de Medicinales
Aquí viven las especies vegetales más utilizadas por nuestra comunidad, las cuales sirven para aliviar dolores y condimentar alimentos.
Colección de Huerta Campesina
Esta colección es de importancia para que principalemnte los niños que visitan el Jardín conozcan de donde provienen los alimentos que a diario consumen. Actualmente hay diez (10) especies como: yuca, apio,caña de azucar, cacao,café,platano,etc.
1.2. Conservación in sitú
Se desarrollan dos proyectos para el establecimiento de dos Jardines satélitales en las zonas de Bosque Andino y de Páramos.
Zona de Bosque Andino: implementación de un área satélite del Jardín Botánico Eloy Valenzuela, en el área El Rasgón perteneciente al municipio de Piedecuesta.
Zona de Páramo: implementación de un área satélite del Jardín Botánico Eloy Valenzuela, en el predio Ciénaga, ubicado en el municipio de Vetas.
Con el establecimiento de estos Jardines Satelitales se contribuirá a la conservación y al conocimiento de la vegetación propia de estas zonas. Así mismo los visitantes podrán conocer acerca de estos ecosistemas y sus especies representativas.
PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN
Inventario florístico del Cañón del Chicamocha
El objetivo de este proyecto es conocer las especies vegetales propias de este ecosistema de vegetación xerofítica, así como lograr el establecimiento de una colección ex situ en el área del Jardín, que cuente con las especies vegetales encontradas en el cañón.
El Jardín Botánico cuenta con una colección de plantas secas científicamente organizadas llamada herbario CDMB, el cual posee 2300 (dos mil trecientas) muestras correspondientes a 1.100 especies todas colectadas en el departamento de Santander. La colección está organizada según el sistema de croquis abierto para consulta del público todos los días.
Con el desarrollo del proyecto de "Conocimiento, conservación y uso sostenible de la biodiversidad en el área de jurisdicción de la CDMB" se adelantan estudios de caracterización de la flora por microcuencas para el incremento de la colección del Herbario.
Continuamente se trabaja en el inventario de las especies del Jardín con su respectiva documentación, para mostrar al público información de cada ejemplar vegetal, como, su familia, nombre científico, nombre común y usos. Esta información se sistematiza a través del programa BG-RECORDER2. Software que integra la información de las colecciones vivas de los Jardines Botánicos de Colombia.
Como desarrollo del proyecto de grado de un estudiante de biología de la UIS, se realizó el inventario de las mariposas del Jardín, obteniendo como resultado parcial, 60 (sesenta) especies de mariposas.
EDUCACIÓN AMBIENTAL
Las personas que visitan el Jardín Botánico generalmente pertenecen a la comunidad educativa, sin embargo, los niños de hogares comunitarios, adultos mayores y miembros de la CDMB y los diferentes municipios del área de jurisdicción también hacen parte de los visitantes. Los grupos son atendidos en recorridos guiados por los Auxiliares de la Policía Ambiental, Educadores Ambientales y estudiantes de servicio social del colegio INEM, quienes desarrollan actividades a través de convenios institucionales de cooperación mutua.
REGLAMENTO
Los visitantes con fines tanto recreativos como investigativos deben:
Adquirir la boleta de entrada en la taquilla del Jardín
Entrar en el horario establecido
Obtener la correspondiente autorización por parte de la Subdirección de Administración de Recursos Naturales de la CDMB para realizar investigaciones y/o estudios.Para estos fines se requiere:
Presentar en la Subdirección de Administración de Recursos Naturales de la CDMB un programa detallado de las actividades a desarrollar y al final, el informe de resultados obtenidos
Dar crédito a la CDMB en las publicaciones realizadas
NO SE PERMITE:
Recortar,cortar,arrancar, marcar o extraer material vegetal cualquiera que sea la estructura o el estado biológico en el que se encuentre. Esta prohibido cazar, pescar, coleccionar o introducir especies de flora y fauna
Introducir y/o consumir sustancias alcohólicas, alucinógenas y estimulantes.Así mismo introducir sustancias tóxicas, contaminantes y explosivos
Arrojar, depositar basuras, desechos o residuos en lugares no destinados para ello.
Caminar por dentro de las zonas verdes o prados.Se transita unicamente por los senderos
Sacar fotografías, películas o gravaciones para ser empleados con fines comerciales sin autorización previa
Bañarse en sitios no autorizados
Producir ruidos, escándalos, usar instrumentos o equipos sonoros que perturben el ambiente natural, investigativo y tranquilidad de los visitantes
Alterar. modificar, remover señales de avisos o mojones.Causar daños a las instalaciones, equipos y en general los valores naturales del área
Realizar excavaciones de cualquier índole, exepto cuando lo autorice la Subdirección de Administración de Recursos Naturales de la CDMB por razones de orden técnico o científico
Hacer discriminaciones religiosas, étnicas o políticas
RECOMENDACIONES
No dejar nunca sólos a los niños y ancianos
No descuidar pertenencias de todo tipo
LLevar prendas de vestir y zapatos cómodos
No llevar mascotas
CENTRO EXPERIMENTAL
FINCA LA ESPERANZA
PARQUE LA FLORA
La Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, CDMB y la Administración Municipal de Bucaramanga han formulado la creación de unos parques ecológicos en el Área Metropolitana, con el propósito de comprometer a la ciudadanía en el proceso de aprendizaje de los inmensos valores que nos prodigó la naturaleza y sin los cuales la supervivencia de los seres humanos perdería su viabilidad.
En desarrollo del objetivo propuesto se diseñó la ejecución del primer proyecto denominado Parque LA FLORA, escuela ecológica
ANTECEDENTES
El parque La Flora escuela ecológica nació en un momento en el que la población del Área Metropolitana de Bucaramanga, padecía eminentes restricciones de espacio público para la recreación y el esparcimiento, a causa de las siguientes razones fundamentales:
1) El crecimiento urbanístico no planificado
2) El aumento de la población para la cual no se había previsto nuevos escenarios de recreación que además de propiciar una forma sana de aprovechar el tiempo también contribuyeran al conocimiento y desarrollo de las habilidades corporales y espirituales de las personas
OBJETIVO AMBIENTAL
Preservar y conservar los elementos y las condiciones del escenario natural existente
OBJETIVOS ARQUITECTÓNICOS Y PAISAJÍSTICOS
1. Reforzar las especies vegetativas existentes con tratamientos adecuados que realcen los elementos de su composición biológica y así integrarla a la arquitectura.
2. Implementar una arquitectura paisajística con especies nativas de diferentes tamaños y densidades
3. Diseñar una arquitectura que sea acorde al ambiente para mantener la armonia con la naturaleza.
ANÁLISIS DEL ESTUDIO Y SUS DETERMINANTES
Condiciones físicas y naturales
El terreno de forma alargada se ubica en la periferia de Bucaramanga, en el sector suroriental sobre el antiguo cauce de la quebrada La Flora. El área está rodeada de dos vías principales: La avenida 56 y la carretera antigua hacia Floridablanca.
Características físicas
Área específica: su extención superficial es de 10.5 hectáreas
Línderos-Límites:
- Por el Norte: Intersección vías carrera 45 y calle 56
- Por el Sur: Vía antigua a Floridablanca
- Por el Oriente: Barrios; Terrazas y La Floresta
- Por el Occidente: Colegios La Merced y La Presentación
Vías de Acceso
- Carrera 36, detrás del Colegio La Merced. Entrada Principal
- Carrera 44, barrio Terrazas
Horario de Atención al Público
Todos los días de la semana de 5:00am a 5:00pm
Topografía
El terreno presenta un relieve con características de cañada con fuertes pendientes y llanuras prolongadas lo cual permite abrir y cerrar el campo visual
Vegetación
Actualmente el predio cuenta con una vegetación espontanéa e inducida que se refleja en algunas especies ornamentales que se sembraron con el objeto de mejorar la infraestructura arboréa y consolidar las zonas de fuertes pendientes con barreras vivas como el género de gramíneas denominadas bambú común.
Vientos
Provienen en dirección norte-sur en intensidad mínima, incluyendo épocas de lluvia
Asoleamiento
La luz solar es tamizada por el follaje de árboles en un 70% de la cobertura total del proyecto
Arborización
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Plantaciones de especies inducidas y con características ornamentales como el búcaro, abarco, guayacan, parasol.melinea y oitti
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Taludes naturales conformados por gramíneas como: pasto San Agustín y braquiaria, así como el bambú
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Cerramiento en cerca viva (swinglia)
CONCEPTO DEL PLANEAMIENTO DEL PARQUE
La unidad arquitectónica se organiza en tres sectores con caracteres ambientales diferentes que se resumen así:
Sector Norte: Apunta hacia la zona donde el campo visual se limita para producir una sensación de estrechez como consecuencia de la cercanía del talud oriental y occidental
La Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, CDMB y la Administración Municipal de Bucaramanga han formulado la creación de unos parques ecológicos en el Área Metropolitana, con el propósito de comprometer a la ciudadanía en el proceso de aprendizaje de los inmensos valores que nos prodigó la naturaleza y sin los cuales la supervivencia de los seres humanos perdería su viabilidad.
En desarrollo del objetivo propuesto se diseñó la ejecución del primer proyecto denominado Parque LA FLORA, escuela ecológica.
Preservar y conservar los elementos y las condiciones del escenario natural existente
ESTRUCTURA
La estructura del proyecto quedó definida así:
Zona de acceso
Sobre el trazado de la vía vehicular y tangente a ésta, se forma la plaza de ingreso definida en sus linderos por el borde del talud y los árboles existentes. A partir de este punto se genera la composición geométrica del proyecto, orientado al visitante a mirar hacia abajo, lo cual determina que su campo visual sea apto para la apreciación panorámica del paisaje.
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Plaza: La llegada y el ingreso se producen a través de una zona central o plazoleta para posteriormente situarse al interior del parque despues de pasar el control o taquilla.
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Parqueaderos: Paralelo a la vía existente y respetando la arborización se plantean como unidades independientes unas zonas destinadas al estacionamiento de vehículos.
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Zona de administración- taquilla-baños: En áreas integradas pero separadas estructuralmente, se sitúan sobre un terreno plano, arborizado y estrecho, las dos únicas edificaciones en altura. En esta zona se ramifican y ubican en tres sentidos diferentes los senderos peatonales que colocan al usuario en contacto directo con el Parque.
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Senderos peatonales y plazoletas
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Los senderos y plazoletas tienen las siguientes funciones:
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1. Pasiva
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Contemplación de la belleza del paisaje
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Lectura y pintura
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Descanso
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Meditación y encuentro con la naturaleza, con los demás seres humanos y consigomismo
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2. Activa
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Caminar
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Trotar
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Correr
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Eventos artísticos y culturales
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A partir de estas actividades se estabelce un trazado regular que sirve como referencia de distancia en el recorrido que hará el usuario a través de la percepción visual. Para ello cuenta con los siguientes elementos arquitectónicos:
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Es el ordenador y unificador del proyecto basado en una geometría de líneas sinuosas que moldean la circulación para que las personas puedan transitar, permanecer y descansar en forma armónica con su entorno natural
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Las plazoletas logran reunir o acoger transitoria o permanentemente al usuario. Sirven de intersección con las redes primarias y secundarios que comforman el proyecto.
Sendero Perimetral
Se desarrolla a través del borde de cabeza de los taludes para establecer conexiones con el sendero principal y demás actividades establecidas en el proyecto.
Zona de aventura y escalera de esfuerzo
Aprovechando las condiciones geográficas y de arborización existentes, se definen dos sitios adecuados que beneficien tanto a la población infantil como a las personas con deseos mantener en condiciones óptimas su estado físico y mental mediante el uso de las escaleras que se recuetan contra el talud integrándose directamente con los senderos.(78 escaleras en total)Zona de juegos infantiles
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Este espacio permite la sana diversión de la población infantil, allí encontramos gradas, puente, telaraña, llantas y más juegos que a la mayoría de niños les gusta practicar con la supervisión de sus padres.
Kiosko
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Se establecen dos zonas de estar que permiten congregar grupos pequeños de usuarios bien sea en función de la actividad que se está desarrollando o como simple descanso y relax
Mobiliario Urbano
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Los aspectos generales que determinan su implantación deben estar acondiconados a:
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Unidad y calidad de diseño
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La escala del objeto
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Materiales y colores del objeto
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La armonía entre el paisaje y los elementos del diseño
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La durabilidad y permanencia en el lugar
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Aquí se incluye, además el sistema de señalización como indicador de cada una de las rutas que componen el proyecto
Paisajismo
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Para la creación y relación de los espacios arquitectónicos que hagan posible el disfrute de la belleza del paisaje se tendrá en cuenta:
- Reforzar el embellecimiento combinándolo con especies implantadas o planeadas para lograr más contraste, armonía y color
- Un ambiente diseñado para poder ordenar y organizar la base de implementación de especies nuevas
- La conservación ambiental se mantendrá intacta para que el usuario simultaneamente, visualice su entorno, respire aire puro, escuche y palpe su microcosmos.
RETOS Y ESTRATEGIAS
El parque se desarrolla en un medio urbano que lo rodea, propicio para la producción de proyectos con arquitectura paisajística y vital para:
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Crear en los ciudadanos cultura de pertenencia en el tiempo y en el espacio
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Incentivar permanentemente campañas educativas ambientales y de comunicación con los centros escolares y la comunidad en general.
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Promocionar eventos culturales, recreativos y edcucacionales que conscienticen el uso del espacio público
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Fomentar la participación de la sociedad civil en el impulso, construcción y mantenimiento del parque
Atendiendo los lineamientos de la Ley 99 de 1993, las políticas ambientales regionales se formularán con base en los principios de Armonía Regional, Gradación Normativa y Rigor Subsidiario de manera tal que la gestión ambiental regional se articule armónicamente con la Política Nacional Ambiental y permita la interrelación de los distintos actores regionales con el fin de lograr su fortalecimiento, para lo cual la Participación Concertada y Proactiva será el principal instrumento en la implementación del Plan de Gestión Ambiental Regional.
POBLACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
En la región CDMB las relaciones población – medio ambiente se hacen evidentes en un intenso deterioro del recurso agua. Tanto en el área rural como urbana la problemática ambiental está asociada a contaminación de las corrientes hídricas que atraviesan todos los centros poblados. Si bien la concentración de población en el área rural no es significativa, los impactos generados por las actividades del sector primario tienen una alta repercusión en la degradación de los ecosistemas que soportan la oferta del recurso. Por su parte en el área urbana (léase Área Metropolitana), la alta densidad poblacional y el establecimiento de actividades industriales generan grandes cargas contaminantes de manera que el uso que soporta la principal arteria fluvial (El río de Oro), es fundamentalmente el transporte de aguas residuales, condición que origina un disminución en la calidad ambiental urbana con gran influencia sobre la calidad de vida de la población. Las condiciones ambientales en el AMB se ven adicionalmente agravadas por la generación de residuos sólidos y las prácticas inadecuadas en su manejo y disposición, el crecimiento del parque automotor generando contaminación atmosférica y auditiva, la contaminación visual por efecto de la publicidad exterior visual y el deterioro del paisaje, la pérdida de zonas verdes y espacio público. De manera paralela, el aumento de la población en las cabeceras urbanas del AMB que a la fecha alcanza la cifra de 959.616 habitantes, ha sido producto no solamente del desplazamiento forzado por problemas de orden público, sino también a la falta de oportunidades educacionales y económicas a las que se ve enfrentada la población rural. Repercusiones de esta dinámica son los asentamientos en zonas de alto riesgo del AMB y en área cuyo uso principal es la protección y conservación de los recursos naturales. En este marco, el PGAR se orientará a solucionar los problemas de oferta y distribución del recurso agua teniendo como base el principio de la prevalencia del consumo humano sobre cualquier otro tipo de uso, aspecto que deberá tenerse en cuenta en la ordenación del territorio. Para ello estimulará las medidas de ahorro y uso eficiente del agua como instrumento de regulación directa
Así mismo, la integración urbano – rural deberá ser considerada como un mismo proceso de desarrollo para la región y se propenderá por el mejoramiento de la calidad de vida de los centros poblados y cabeceras urbanas, especialmente de los sectores más vulnerables. En este ámbito, se plantea la necesidad de generar bases para una agenda de desarrollo rural sostenible con la intención de revalorizar y posicionar la agricultura y la ruralidad considerando al campesinado como sujeto de desarrollo con equidad, sin desigualdad ni exclusiones1. Para ello propenderá por recuperar y fortalecer la diversidad y capacidad productiva sostenible de la economía campesina para el mejoramiento de la calidad de vida de la población rural.
Desestimulará la apertura de nuevos frentes de colonización en ecosistemas de bosque y zonas de producción hídrica y creará alternativas de producción y asentamiento compatibles con la conservación ambiental de estos ecosistemas; paralelamente estimulará el ecoturismo como actividad alternativa que contribuye no solamente a la preservación del recurso hídrico sino también de la biodiversidad y el favorecimiento de otros servicios ambientales.
Contribuirá a la creación de capacidades regionales técnicas, científicas y tradicionales para generar nuevas opciones productivas, mejorar la oferta tecnológica y promover la competitividad. Estimulará la implementación de producción más limpia tanto en el sector urbano como en el rural.
Fortalecerá los programas de aprovechamiento racional, sistemas de eliminación, tratamiento, minimización y disposición final de residuos líquidos y sólidos.
Promoverá programas para la mitigación de impactos generados por el parque automotor, así como acciones encaminadas a reducir la contaminación visual y sonora, la recuperación y aumento del espacio público y la creación de parques en zonas urbanas. Promoverá de manera intensiva las acciones de información, educación, formación y participación para crear sentido de pertenencia hacia la región. Buscará mejorar, desarrollar y fortalecer la capacidad institucional regional para integrarlas en los procesos de toma de decisiones en la gestión ambiental.Se hará énfasis en la prevención y control de los impactos ambientales en el desarrollo de obras de infraestructura y procesos productivos, dando especial atención a la minería en los municipios de California y Vetas. Se promoverán procesos de reubicación de asentamientos humanos de zonas de alto riesgo a zonas que cuenten con infraestructura adecuada y brinden condiciones de oferta natural aptas para el establecimiento de poblaciones en condiciones de calidad de vida adecuada, que garanticen el crecimiento planificado del AMB.
EDUCACIÓN AMBIENTAL
El sentido de pertenencia que el ser humano posee hacia el universo se desarrolla desde la infancia; desde temprana edad se inicia una búsqueda de respuestas a nuestra existencia y se explora el universo con una mezcla de respeto y asombro. Gradualmente el ser humano va entendiendo que el sentido de su vida no está separado del sentido del propio planeta y reconoce que es parte de un mundo natural y por tanto de los problemas ambientales, los cuales son el resultado de la interacción permanente de las organizaciones sociales con su entorno natural.Es por ello que el planteamiento del Ministerio de Educación va dirigido a trabajar la educación ambiental hacia la construcción de nuevas realidades y nuevos estilos de desarrollo que permitan la manifestación de lo diverso en lo cultural y en lo natural, y el desarrollo de potencialidades individuales y colectivas3, abandonando el paradigma de conservar y proteger la naturaleza para un modelo de desarrollo existente. De esta manera, la educación ambiental debe fundamentarse tanto en principios ecológicos, como sociales, culturales y económicos, orientada hacia la formación en la responsabilidad individual y colectiva y con base en evidencias concretas de las relaciones hombre – sociedad – naturaleza para lo cual la promoción del aprendizaje a partir de la vida cotidiana constituye un instrumento importante en el proceso de formación. Así, la política regional irá dirigida a:
Vincular a la población infantil a través de procesos educativos que formen ciudadanos con valores sociales e individuales para contribuir en la construcción de una nueva cultura del desarrollo, promoviendo la formación de líderes en materia ambiental.
Fomentar la educación ambiental en todos los niveles e instancias de la gestión ambiental, vinculando a cada uno de los actores regionales de manera tal que los procesos de educación contribuyan a la sensibilización ciudadana frente a los problemas y conflictos ambientales regionales, fortaleciendo acciones concertadas individuales y colectivas para evitar el deterioro y la explotación no planificada de los recursos naturales y promoviendo un cambio cultural en el que prevalezcan los principios de solidaridad, equidad y respeto frente a la diversidad cultural y al medio ambiente.
Estimular el interés por el conocimiento de las normas vigentes para la prevención y la mitigación del deterioro ambiental y para la solución de conflictos ambientales. Promover la incorporación de la dimensión ambiental en todos los currículos tanto del nivel básico como universitario, más allá de la formación en ecología básica y cursos sobre control de la contaminación, fomentando espacios de investigación interdisciplinaria e interinstitucional orientada a la solución de problemáticas ambientales regionales específicas. Difundir y fortalecer el conocimiento y desarrollo del saber ambiental tradicional en las comunidades campesinas, favoreciendo la formulación y desarrollo de proyectos de participación comunitaria en asuntos ambientales. Incentivar la investigación como un componente fundamental de la educación ambiental. Vincular a los medios de comunicación como actores fundamentales en la concertación de una estrategia de comunicación que facilite los procesos de educación y sensibilización inmersos en cada una de las líneas estratégicas del PGAR.
BIODIVERSIDAD
El escaso conocimiento que se posee de la flora y la fauna de la región nororiental del Departamento de Santander ha dificultado la implementación de acciones de manejo en pro de la conservación de la diversidad biológica y su uso sostenible. Aún cuando la sobreexplotación de especies forestales con fines comerciales, el beneficio y tráfico ilegal de especies faunísticas no constituyen la principal problemática ambiental en la región CDMB, los procesos de expansión de la frontera agrícola y la tala de bosques como medio de subsistencia en las áreas rurales ejercen un fuerte impacto sobre los ecosistemas boscosos y por consiguiente, sobre la biodiversidad. En el marco nacional la Política de Biodiversidad, aprobada por el Consejo Nacional Ambiental en 1.995, se fundamenta en los siguientes principios4:
• La biodiversidad es patrimonio de la nación y tiene un valor estratégico para el desarrollo presente y futuro de Colombia.
• La diversidad biológica tiene componentes tangibles a nivel de moléculas, genes y poblaciones, especies y comunidades, ecosistemas y paisajes. Entre los conocimientos intangibles están los conocimientos, innovaciones y prácticas culturales asociadas.
• La biodiversidad tiene un carácter dinámico en el tiempo y el espacio y se deben preservar sus componentes y procesos evolutivos.
• Los beneficios derivados del uso de los componentes de la biodiversidad deben ser utilizados de manera justa y equitativa en forma concertada con la comunidad.
• Igualmente sobre la investigación básica y aplicada se reconoce la importancia de la protección de los derechos de propiedad intelectual individual y colectiva.
• La conservación y el uso sostenible de la biodiversidad requieren un enfoque intersectorial y deben ser abordados de forma descentralizada, incluyendo la participación del Estado en todos sus niveles y de la sociedad civil.
• Se adoptará el principio de precaución, principalmente en la adopción de medidas relacionadas con la erosión genética y la bioseguridad. Igualmente los mecanismos que propone la Política Nacional para garantizar estos principios se fundamentan en tres estrategias:
Estrategia de conservación: Las acciones deben ser dirigidas hacia la conservación in-situ a través del sistema regional de áreas protegidas, la reducción de los procesos y actividades que causan pérdida o deterioro de la biodiversidad y la recuperación de ecosistemas degradados y especies amenazadas. En este marco, particularmente para la flora, la CDMB debe orientar sus programas y proyectos hacia la investigación,monitoreo,manejo de información,conservación in-situ y ex-situ,uso y manejo de la flora,educación,concientización pública, fortalecimiento y cooperación interinstitucional e interdisciplinaria. En relación con la fauna la CDMB coordinará y fomentará el uso sostenible de la misma para la conservación de los ecosistemas naturales, propenderá por revertir procesos de deterioro de los ecosistemas y de sus poblaciones, previniendo la extinción de especies de fauna silvestre e implementará mecanismos que garanticen su mantenimiento. Paralelamente deberá fortalecer la estructura administrativa de la CDMB para una eficiente gestión ambiental en torno a este tema.
Estrategia de conocimiento: Dirigida a la caracterización de los componentes de la biodiversidad en los niveles ecosistémico, de poblaciones, especies y el nivel genético, así como la recuperación del conocimiento y las prácticas tradicionales. Específicamente para la región, la CDMB en asocio con las universidades, los centros de investigación y la comunidad en general, deberá generar conocimiento sobre los componentes de las poblaciones de flora y fauna silvestre que sirva de apoyo permanente en los procesos administrativos y de toma de decisiones.
Estrategia de utilización: Se basa en la promoción del uso de sistemas sostenibles de manejo, promoción de los bancos de germoplasma y programas de biotecnología, diseño e implementación de sistemas de valoración multicriterio de la biodiversidad y mecanismos para la distribución equitativa de los beneficios derivados de su uso, medidas para procurar el desarrollo sostenible del potencial económico de la biodiversidad. En este sentido el PGAR fija acciones prioritarias donde la CDMB liderará el plan de acción dirigido hacia el conocimiento, conservación y utilización de la biodiversidad como pilar fundamental de la política, a través de la educación, la participación ciudadana, el desarrollo legislativo e institucional, y los incentivos e inversiones económicas.
BOSQUES
Los objetivos principales de la Política Nacional de Bosques involucran la restauración ecológica, la reforestación con fines ambientales y comerciales, la agroforestería y el ordenamiento y/o zonificación forestal regional en el ordenamiento ambiental territorial. A través de los POT´s se establecerán los criterios y alternativas de uso de las tierras, promoviendo la restauración de ecosistemas degradados por acciones antrópicas, la reforestación protectora de ecosistemas estratégicos prioritarios para garantizar el suministro de servicios básicos a la población y el mantenimiento de servicios básicos esenciales. Paralelamente impulsará el establecimiento de plantaciones forestales sostenibles con fines comerciales, acordes con las particularidades de los territorios y con las características regionales de la biodiversidad. Fomentará la agroforestería en áreas donde los ordenamientos territoriales y ambientales han identificado conflictos de uso inadecuados y muy inadecuados y que soportan esta actividad como alternativa de manejo.Promoverá y mejorará instrumentos económicos, técnicos, administrativos, jurídicos y políticos que fomenten la reforestación y la implementación de actividades orientadas a la restauración de ecosistemas.
La CDMB acoge las estrategias y líneas de acción establecidas en la Política Nacional de Bosques, promoviendo la implementación de programas dirigidos a la conservación de los bosques, mediante un uso sostenible, consolidando la incorporación del sector forestal a la economía regional para mejorar la calidad de vida de la población mediante la reducción de los índices de deforestación, incentivos a la reforestación, recuperación y conservación de bosques en cuencas hidrográficas, restauración de ecosistemas degradados y recuperación de suelos, fortalecimiento y racionalización de procesos para el uso sostenible de los bosques en lo relacionado con los usos y servicios del bosque. La CDMB, de la mano con las comunidades, a través de programas y proyectos abordará los problemas sociales, culturales y económicos que se deriven del uso no sostenible de los bosques a través del ordenamiento y manejo ambiental de cuencas y del ordenamiento forestal de la región.
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
La Política Nacional de Ordenamiento Ambiental del territorio está dirigida a disminuir los procesos de ocupación no sostenible de áreas de alto valor ecosistémico y cultural; identificar, promover y establecer los usos y manejo sostenible del territorio y de los recursos naturales en áreas rurales transformadas; promover procesos de crecimiento y desarrollo sostenible en los asentamientos humanos para mejorar la calidad de vida de la población y promover la recuperación, mantenimiento y uso sostenible de la oferta hídrica como lineamiento fundamental en la orientación del ordenamiento del territorio.El ordenamiento y manejo ambiental del territorio estará orientado de acuerdo con las directrices establecidas por la normatividad y los lineamientos de planificación regionales establecidos para las cuencas hidrográficas. En éste marco la CDMB propenderá por que sus corrientes hídricas sean reglamentadas de acuerdo a la normas existentes. En concordancia con esta política, la CDMB a través del ordenamiento del territorio establecerá las áreas acordes con su aptitud para la localización de asentamientos poblacionales y limitará los desarrollos de infraestructura en áreas de significancia ambiental mediante la aplicación de instrumentos normativos. A través de la concertación con los actores regionales, la CDMB liderará la solución de los conflictos ambientales por tenencia y ocupación del territorio y promoverá el establecimiento de sistemas productivos sostenibles. Propenderá por la recuperación y fortalecimiento de una producción agropecuaria controlando su expansión y optimizando actividades con beneficios para la economía campesina y empresarial. Ejercerá funciones de seguimiento y control sobre la actividad minera extractiva para garantizar el mantenimiento de la capacidad de recuperación de los ecosistemas afectados. Limitará y orientará el desarrollo de asentamientos insostenibles en áreas de alto riesgo y ecosistemas estratégicos. Propenderá por la disminución de los conflictos por usos inadecuados tecnológicamente al interior de las zonas urbanas y rurales del AMB, mediante el fortalecimiento de procesos de gestión ambiental urbana y territorial.
Establecerá la evaluación y seguimiento a los procesos de implementación de los POTs y EOTs con el fin de realizar la gestión ambiental junto con los entes territoriales para cumplir con los programas de ejecución de cada municipio y la aplicación de la norma.
PRODUCCIÓN MÁS LIMPIA
La Política Nacional para la Producción Más Limpia se orienta principalmente a atender la problemática ambiental generada por los sectores productivos, reconociendo que el éxito de la misma es función del compromiso y la participación del Estado, los empresarios, los gremios, las organizaciones no gubernamentales y la comunidad en general, sobre la base de una responsabilidad compartida en la cual el primero está llamado a propiciar condiciones que faciliten e incentiven la adopción de practicas de producción más limpia y al mantenimiento de la política en el tiempo, y a los segundos les asiste el compromiso de promover un cambio de actitud con respecto al manejo de los recursos naturales y la protección del medio ambiente. La Política se estructura sobre cuatro principios básicos así:
1. Integralidad, dirigida a la articulación de la política con las demás políticas gubernamentales para garantizar su continuidad y estabilidad
2. Concertación con los actores regionales en la consecución de metas y objetivos para la aplicabilidad de esta política
3. Internalización de costos ambientales en la cadena de costos de los productos y servicios
4. Gradualidad en la aplicación de medidas y soluciones dados los altos costos de las soluciones tecnológicas que deben implementarse.
En este marco, la CDMB establecerá metas de calidad ambiental concertadas con base en la regulación nacional del sistema de calidad ambiental en cada uno de los casos particulares. Promoverá prácticas de producción más limpia, así como la autogestión y la autorregulación como mecanismos de control ambiental. Formulará e implementará instrumentos económicos necesarios para la ejecución de la política y promoverá el fortalecimiento institucional para un eficaz seguimiento y cumplimiento de los objetivos de la política. Promoverá programas para optimizar el consumo de los recursos naturales y materias primas, aumentar la eficiencia energética y utilizar energéticos más limpios, prevenir y minimizar la emisión de cargas contaminantes, mitigar, corregir y compensar los impactos ambientales sobre la población y los ecosistemas. Promoverá el aprovechamiento de los residuos generados por los distintos sectores productivos. En el área rural, promoverá el establecimiento de actividades agrícolas sostenibles como medida de manejo para minimizar los impactos negativos generados por el uso de plaguicidas. Asesorará a las industrias para la implementación de Sistemas de Gestión Ambiental que les permita una reducción de los insumos utilizados y el adecuado manejo y tratamiento de los residuos.
MANEJO INTEGRAL DEL AGUA
El objetivo de la Política Nacional para el manejo integral del agua está orientado a manejar la oferta regional del agua de manera sostenible en términos de cantidad, calidad y distribución en el territorio y en el tiempo, estableciendo para ello dos lineamiento básicos así:
1. Recuperación de las condiciones de regulación y de calidad hídricas en zonas consolidadas de alta ocupación y en sistemas socioeconómicos consolidados.
2. Preservación de la regulación y calidad hídrica en zonas en procesos de ocupación, en las cuales no se ha afectado la regulación hídrica natural.
Con fundamento en los objetivos de esta política, la CDMB ordenará las actividades y los usos del suelo y establecerá el manejo en las cuencas del área de jurisdicción, dando prioridad al ordenamiento y manejo de la cuenca del río Lebrija en función de los asentamientos humanos que albergan la mayor parte de la población del departamento en su área metropolitana.Establecerá programas y proyectos orientados a la protección de acuíferos, complejos de lagunas colgantes de páramos, complejo de humedales del Magdalena Medio y otros particulares como el humedal El Pantano, fuente de abastecimiento de acueductos urbanos y rurales. Adelantará programa para recuperar y proteger las zonas de nacimiento de agua, las áreas de páramos y subpáramos, la estrella hidrográfica del Cerro de la Judía, la zona de recarga de acuíferos y en general, todas las microcuencas que surten los acueductos urbanos y rurales del área de jurisdicción de la CDMB. Fortalecerá los sistemas de control y seguimiento en torno a disminuir la contaminación y recuperar las condiciones de calidad de las fuentes afectadas según los usos requeridos por la población. Orientará campañas dirigidas a promover un uso eficiente del agua a través de una conciencia de uso racional. Complementará el inventario y evaluación regional del recurso hídrico superficial y subterráneo como herramienta indispensable en la toma de decisiones. Desarrollará el conocimiento y la investigación del recurso en todos sus componentes para fortalecer el sistema de información ambiental regional. Estas acciones se realizarán con base en las estrategias nacionales de educación, gradualidad, participación ciudadana y administración descentralizada para lo cual la CDMB debe fortalecer la capacidad de gestión y liderar un sistema de administración del agua de mayor operatividad,eficiente, coordinado, que repercuta a nivel local y regional. La CDMB por su capacidad técnica, financiera y por tener el conocimiento de la problemática de su región sobre Saneamiento Básico, brindará asesoría y apoyo a los municipios de su jurisdicción en los estudios, diagnósticos, diseños, planes maestros y transferencia de dicho conocimiento a la comunidad a través de sus programas de educación ambiental en gestión para el tratamiento de residuos líquidos. La CDMB establecerá indicadores ambientales regionales que permitan hacer seguimiento de los beneficios ambientales derivados de las inversiones realizadas para el manejo integral del recurso hídrico.
RESIDUOS SÓLIDOS
La Política Nacional de Residuos Sólidos tiene como objetivo fundamental impedir o minimizar de la manera más eficiente, los riesgos para los seres humanos y el medio ambiente, en especial minimizar la cantidad o la peligrosidad de los sitios de disposición final. Para ello establece como prioridad la minimización de la cantidad de residuos que se generan, el aumento del aprovechamiento racional de los residuos generados, así como el mejoramiento de los sistemas de eliminación, tratamiento y disposición final de residuos. La CDMB implementará programas que minimicen el origen de los residuos sólidos en concordancia con los programas de producción más limpia, estableciendo metas para la reducción de la cantidad y peligrosidad de tales residuos. Se promoverá el aprovechamiento y reutilización de los residuos generados, especialmente los de carácter reciclable y orgánicos que podrían utilizar sistemas alternos donde se incluya su aprovechamiento o tratamiento. Para ello fortalecerá las empresas y cooperativas de reciclaje con programas de promoción de usos alternativos de los residuos. En el área rural y en las cabeceras urbanas de los municipios menores, promoverá la implementación de sistemas de disposición final con base en la gestión articulada de los entes territoriales acorde con su localización y capacidad operativa.Fortalecerá programas de educación ambiental dirigidos a la minimización, transformación, reciclaje, reutilización y otras alternativas de aprovechamiento de los residuos. En relación con la generación de residuos sólidos peligrosos, fomentará acciones dirigidas al conocimiento de las fuentes potenciales de generación en el área de jurisdicción, especialmente en el corredor industrial del AMB. La CDMB junto con los municipios menores formularán los estudios de alternativas para la disposición final, diagnósticos, diseños y construcción de los sistemas de tratamiento de residuos sólidos urbanos.
La jurisdicción de la CDMB hace parte del nororiente del departamento de Santander comprendiendo una superficie de 486.360 hectáreas, las cuales equivalen al 15,9% de la totalidad del Departamento, tal como se explica en el Plan de Gestión Ambiental Regional PGAR 2015-2031.
El área de influencia de la CDMB está integrada por los siguientes trece (13) municipios: Bucaramanga Floridablanca, Girón, Piedecuesta, Vetas, California, Suratá, Matanza, Charta, Tona, El Playón y Rionegro y Lebrija.
Como características ambientales y socioeconómicas del área de jurisdicción de la CDMB, el PGAR expresa que para la región nororiental santandereana, área de jurisdicción de la CDMB, se reconocen tres subregiones biogeográficas con características particulares.
El área metropolitana de Bucaramanga, constituye la primera subregión, la cual se caracteriza principalmente por un tejido poblacional urbano y grupos económicos funcionales, donde el gremio de la construcción es relevante, al igual que las empresas de servicios públicos, los grupos de salud, comerciales, institucionales, de turismo, transporte y comunicaciones; el residencial, especialmente las parcelaciones y las áreas suburbanas, al igual que infraestructuras de manejo de residuos como El Carrasco y las PTAR actuales.
Es importante resaltar cómo Bucaramanga y su área metropolitana han perdido espacios públicos y paisajes, como consecuencia del urbanismo no controlado, con el costo de un deterioro de la calidad ambiental urbana y por ende del detrimento de la calidad de vida de sus habitantes.
La zona alta andina de la región, identificada como Soto Norte comprende el territorio de zona andina, altoandina y páramos del sector nororiental y está conformada por los municipios de Suratá, California, Vetas, Matanza, Charta y Tona. En la subregión de Soto Norte está comprendida en su mayoría por municipios con asentamientos históricos de más de 400 años, con desarrollo de actividades relacionadas con explotaciones de oro y plata, generando alrededor de esta actividad minera el proceso de construcción de la subregión.
Los municipios de El Playón, Rionegro, Lebrija y el corregimiento de Umpalá (Piedecuesta), constituyen una tercera subregión, la zona baja, la cual se caracteriza principalmente por la conformación de tres sectores: cuenca baja del río Lebrija; cañón del río Manco en la cuenca del río Chicamocha; La Azufrada en el municipio de Lebrija en la cuenca del río Sogamoso.
Los grupos funcionales más representativos de esta zona son el agrícola, ganadero, energía e infraestructura; los asociados al turismo, ciénagas y ríos (pescadores), e institucionales. Se identifican conflictos por el uso del suelo, tanto por ocupación de áreas de amortiguación de corrientes como por cambios y represamiento de corrientes.
Se tienen problemas de inundaciones recurrentes muy importantes desde hace varios años. La palmicultura es la mayor actividad generadora de empleo, pero con graves problemas fitosanitarios y a la vez generadora de afectaciones ambientales importantes. La ganadería extensiva igualmente ha generado cambios significativos en las coberturas naturales desapareciendo los bosques naturales. Adicionalmente algunas áreas son exploradas en busca de hidrocarburos.
Sumado a este escenario, es notorio el crecimiento tanto en número de personas como en área de asentamientos poblacionales como San Rafael, Papayal y San José de los Chorros. Los pescadores han visto disminuir la producción piscícola por causa de sedimentos de la cuenca alta del río Lebrija y la contaminación del mismo generada por las zonas urbanas especialmente del área metropolitana de Bucaramanga.
Más...
La CDMB presenta unos órganos de dirección encabezados por la Asamblea General o Asamblea Corporativa. Su organización se basa en subdirecciones y sus respectivos grupos internos de trabajo que permiten una gestión efectiva y eficiente en la labor que se la ha encomendado.
Acuerdo 1206-2011 Estructura Vigente CDMB (14.34 MB)
Asamblea Corporativa
La Asamblea General o Asamblea Corporativa, es el primer órgano de dirección de la Corporación. Está integrada por el Gobernador de Santander y los Alcaldes de los trece municipios que conforman el área de jurisdicción de la entidad. Se reúne a Asamblea General en el transcurso de los dos primeros meses de cada año, también se puede convocar extraordinariamente, cuando así lo determine el Consejo Directivo, el Director General o el Revisor Fiscal.
Funciones de la Asamblea
Aprobar el informe de Gestión de la Administración
Designar al Revisor Fiscal de la Entidad
Elegir para el Consejo Directivo a los dos representantes del sector privado y a los cuatros alcaldes de los municipios de su jurisdicción
Adoptar los estatutos de la Corporación y las reformas que se le introduzcan para someterlos a la aprobación del Ministerio del Medio Ambiente
Consejo Directivo
El Consejo Directivo es el segundo órgano de dirección de la Dirección de la Corporación, conformado por el Gobernador de Santander, un representante de la Presidencia de la República, un representante del Ministerio del Medio Ambiente, los cuatro alcaldes elegidos por la Asamblea, dos representantes del sector privado y dos representantes de las Organizaciones no Gubernamentales. El Consejo Directivo se reúne generalmente una vez al mes.
Funciones del Consejo Directivo
Determinar la estructura interna y sus modificaciones
Disponer la contratación de créditos externos
Aprobar el Plan General de actividades y el presupuesto anual de inversión
Listado Miembros Consejo Directivo - Año 2012
1. DR. RICHARD AGUILAR VILLA - Gobernador de Santander y Presidente del Consejo Directivo.
DR. GUILLERMO HENRIQUE GÓMEZ PARIS - Delegado del Señor Gobernador.
2. DR. CESAR DE HART V. - Representante Presidente de la República.
3. DR. LUIS ALFONSO ESCOBAR T. - Delegado del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
4. DR. ROQUE CALDERON CALDERON - Representante. Sector Privado
5. DR. EDGAR RODRIGUEZ DIAZ - Representante. Sector Privado
6. DR. HELKIN CLAUDIO MARTIN CHAPARRO GARNICA - Representante ONG
7. DR. ELKIN RENE BRICEÑO LARA - Representante ONG
8. DRA. FANNY VIRGINIA GUERRERO - Alcaldesa de Suratá
9. DR. HECTOR JOSUÉ QUINTERO J.. - Alcalde de Girón
10. DR. EDGAR DE JESÚS SANGUINO R. - Alcalde de El Playón
11. DR. VICTOR ARMANDO ARIAS CELIS - Alcalde de California
Dirección General
Titular: Abog. LUDWING ARLEY ANAYA MÉNDEZ Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Tel: 6346100 Ext: 4100
El Director General es el representante legal de la Corporación. Posee autonomía técnica para decidir sobre los programas y proyectos que ejecuta la Entidad de acuerdo a la Política Ambiental Nacional. El Director es elegido por el Consejo Directivo por un periodo de tres ( 3 ) años.
Funciones de la Dirección General
Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la Corporación y ejercer su representación
Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo
Presentar para estudio y aprobación del Consejo Directivo los planes y programas que se requieran para el desarrollo de los obejtivos de la Entidad
Ordenar los gastos, dictar los actos y celebrar los contratos y convenios
Nombrar y remover al personal de la Entidad
SUBDIRECCIÓN DE ORDENAMIENTO Y PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL TERRITORIO
Titular: CARLOS ALBERTO SUÁREZ SANCHEZ
INGENIERO CIVIL CON ESPECIALIZACIONES EN FINANZAS, GERENCIA DE CONSTRUCCIONES Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL
Tel:6346100 Ext:4201 - Directo: 6346138
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Define las políticas ambientales regionales, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos y funciones de la institución.Las labores de la Subdirección se enmarcan en procesos de planeación y asesoría para la preparación de programas y proyectos referentes al desarrollo ambiental, asociados con los distintos organismos y entidades pertenecientes al SINA y a los municipios de su jurisdicción para la definición de los planes de ordenamiento territorial; por tanto le compete entre otras funciones, Revisar y evaluar las propuestas de Plan de Ordenamiento Territorial presentadas por los Municipios del área de Jurisdicción de la Corporación, en los asuntos exclusivamente ambientales, de acuerdo a la ley 388/97, producir informe de revisión y evaluación del documento y el proyecto de acuerdo de aprobación del POT; Concertar con el Municipio los resultados de la evaluación contenidos en el informe de revisión y una vez realizados los ajustes y revisados a conformidad, elaborar la resolución de aprobación del POT.
Titular: OSCAR RENE DURÁN ACEVEDO
ABOGADO, ESPECIALISTA EN GESTIÓN PÚBLICA
Tel: 6346100 Ext:1001 - Directo: 6346142
Esta subdirección es la encargada de aplicar el ejercicio de la autoridad ambiental en el territorio de su jurisdicción a través del desarrollo de los trámites y/o servicios establecidos por la ley; desarrollar y aplicar estrategias de control y seguimiento a las actividades que afecten los recursos naturales; desarrollar operativos para prevenir y controlar el tráfico ilegal de fauna y flora; atender al usuario frente a las solicitudes que se presenten inherentes a la administración de los recursos naturales renovables; determinar y valorar las alteraciones del medio ambiente producidas por las actividades humanas que afectan y deterioran la calidad de los recursos naturales renovables en el entorno natural.
Titular: HUMBERTO PRADA GONZÁLEZ
INGENIERO CIVIL CON MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN CON ENFÁSIS EN NEGOCIOS INTERNACIONALES
Tel:6346100 Ext: 3201 - Directo: 6346132
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Es la encargada de articular el quehacer institucional con actores estratégicos locales para el fortalecimiento de la autoridad ambiental y la gestión ambiental. Se incluye el apoyo y la asesoria a los municipios del área de jurisdicción de la CDMB en la implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial, llevando a cabo su respectivo seguimiento y evaluación; identificar, evaluar y realizar actividades encaminadas a controlar los distintos procesos erosivos y de estabilidad de taludes que afectan a los municipios del área de jurisdicción de la CDMB; desarrollar alternativas que permitan recomendar o concretar usos adecuados y la aplicación de tecnologías apropiadas de recuperación, rehabilitación y/o restauración de los recursos agua, suelo y aire, propendiendo por su sostenibilidad; gestionar las acciones necesarias para lograr la cobertura en saneamiento ambiental y la gestión integral de los residuos sólidos y líquidos, promoviendo el mejoramiento ambiental de asentamientos humanos; fomentar el desarrollo de procesos productivos competitivos y sostenibles para mejorar el desempeño de los sectores productivos y facilitar el acceso a los mercados nacionales e internacionales; promover una cultura de consumo sostenible; aportar a la sostenibilidad ambiental de las actividades económicas que se desarrollan en su área de jurisdicción y desarrollar acciones para la prevención y control de desastres en coordinación con las demás entidades competentes.
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL RURAL
Titular : DAIRO EFRAÍN CASTRO FLÓREZ
ABOGADO Y ESPECIALISTA EN CONTRATACIÓN ESTATAL
Tel:6346100 Ext:3101 Directo: 6346142
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Es la encargada de planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos relacionados con acciones de fomento al uso y consumo sostenible de los recursos naturales, a fin de asegurar su potencialidad, conservación, preservación, mitigación y restauración, buscando responder a una visión integral de ecosistemas; intervenir para la protección y conservación de áreas de regulación hídrica; conocer y mejorar el estado y uso de la biodiversidad y de los elementos de soporte de la misma, orientado a la protección de los hábitats y de las especies de importancia económica y/o ecológica mediante la aplicación de estrategias y políticas vigentes del nivel nacional y regional; conocer el estado y las tendencias de uso de los recursos agua y suelo que sirvan de base para su preservación y recuperación; propender por la sostenibilidad del recurso suelo a través de alternativas que permitan su recuperación y/o restauración como estrategia para la rehabilitación ecosistémica y la prevención de desastres; construir y/o participar en cadenas de valor para el biocomercio de los recursos naturales renovables y el desempeño ambientalmente sostenible de las actividades económicas bajo el contexto de los mercados verdes y propender por la restauración, conservación y uso sostenible de los ecosistemas estratégicos de páramos y humedales.
Titular: GLADYS ELFIDIA BALLESTEROS MIRANDA
CONTADORA PÚBLICA CON ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA PÚBLICA, GERENCIA FINANCIERA, GESTIÓN DE EMPRESAS Y EN REVISORÍA FISCAL Y CONTRALORÍAS
Tel: 6346100 ext.2001 - Directo 6346136
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Su función básica es la formulación, aplicación y evaluación de políticas y estrategias para el suministro efectivo de los recursos físicos, servicios básicos y de mantenimiento, sistemas, apoyo tecnológico y de información y recursos financieros, para el cumplimiento de la misión institucional.
- Actualizar la infraestructura informática de la CDMB, así como planear, programar, organizar y evaluar la operación y el desempeño de las labores informáticas.
- Desarrollar y operar los servicios de redes y sus telecomunicaciones asociadas (red local, Interlan, Internet, entre otros).
- Diseñar y programar los sistemas informáticos y de cómputo y su correspondiente implantación, que requieran las diferentes dependencias de la entidad.
- Controlar y supervisar la integración de proyectos y programas de desarrollo tecnológico en materia de telecomunicaciones e informática.
- Planear la adquisición de herramientas y servicios teleinformáticos de punta, con el objeto de optimizar, agilizar los procesos de las diferentes áreas de la entidad y contar con las mejores prácticas en tecnologías informáticas en la administración pública.
- Diagnosticar las necesidades en materia de informática que demandan los usuarios de la entidad, con el fin de precisar el tipo de recursos a adquirir que faciliten y soporten una infraestructura técnica de cómputo y además satisfagan las expectativas de los funcionarios, con el fin de que cumplan eficientemente con sus tareas asignadas.
- Planear y programar oportunamente la entrega de herramientas de informática y servicios de desarrollo de sistemas que agilicen los procesos operativos y además optimicen el mantenimiento de los diversos sistemas de las herramientas existentes en la CDMB.
- Propender por el buen funcionamiento de los equipos de cómputo, comunicaciones, servidores y aplicaciones de las diferentes áreas de la CDMB, a través de un eficaz soporte técnico y mantenimiento preventivo y correctivo.
- Diseñar, desarrollar, implementar nuevos Sistemas Integrales que aseguren la óptima funcionalidad de los procesos de todas y cada una de las subdirecciones de la CDMB así como mantener las aplicaciones informáticas existentes.
- Interconectar a todos los usuarios internos de la CDMB, a través de una eficiente red de datos y electrónica.
- Ofrecer información en Internet a los clientes externos dando cumplimiento a directrices del Gobierno Nacional, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, y las directivas de la CDMB.
- Coordinar, organizar y servir de apoyo documental y bibliográfico a las investigaciones y estudios de la CDMB y suplir las necesidades de información ambiental de los usuarios tanto internos como externos.
SUBDIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO
Titular: OSCAR MAURICIO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
ECONOMISTA Y ADMINISTRADOR DE EMPRESAS, ESPECIALISTA EN FINANZAS, LEGISLACIÓN ENERGÉTICA Y DE LAS TELECOMUNICACIONES Y CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES
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Asesorar a la Administración en la implementación del Sistema de Control Interno, mediante la aplicación de métodos, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación en: el cumplimiento de los planes, programas y proyectos del Sistema; la oportunidad y confiabilidad de la información y de los registros para la evaluación y seguimiento de la gestión institucional a través de indicadores; la identificación y adecuada administración de los posibles riesgos que afecten los recursos, la correcta ejecución, simplificación y actualización de las funciones orientadas al cumplimiento de los objetivos y de las actividades necesarias para el logro de los resultados deseados acorde a la Misión y Objetivos institucionales.
SECRETARÍA GENERAL
Titular: LUIS ALBERTO FLÓREZ CHACÓN
ABOGADO CON ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO PÚBLICO Y EN FINANZAS PÚBLICAS
Tel: 6346100 Ext. 3011 - Directo: 6346129
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Le corresponde a la Secretaria General prestar asesoría jurídica en forma eficiente, eficaz y oportuna a la Dirección y a las diferentes dependencias de la Corporación que deban observar en cumplimiento de políticas, acciones y procedimientos en todas las actuaciones de la Corporación de conformidad a la constitución, la Ley y las normas vigentes que le son aplicables, mediante la realización de actividades orientadas a la investigación, recopilación, estudio, análisis, divulgación y capacitación a los funcionarios en temas de orden jurídico que contribuyen al mejoramiento de la gestión Institucional, los procedimientos y solución de asuntos jurídicos relacionados con el desarrollo de las funciones en defensa de los intereses de la Corporación y de representación en las actuaciones administrativas de la Corporación y en los procesos judiciales o extrajudiciales en que sea parte ya sea que se adelanten en su contra o en los que deba promover.
Titular: MIGUEL MAURICIO SARMIENTO DURÁN
INGENIERO CIVIL, TECNÓLOGO EN TOPOGRAFÍA CON ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA Y GERENCIA DEL AMBIENTE
Tel: 6346100 Ext: 5301
Esta oficina debe Organizar, realizar, coordinar, evaluar y controlar las actividades relacionadas con el procedimiento de contratación que deba suscribir la Corporación acorde con la normatividad vigente aplicable a fin de garantizar el normal funcionamiento de la Corporación y alcance de los objetivos establecidos en la planeación institucional, así como el manejo del archivo del mismo actualizado y con los respectivos soportes.
ADMINISTRADORA AMBIENTAL CON ESPECIALIZACIONES EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA Y SALUD OCUPACIONAL
Tel: 6346100 Ext. 5401
Corresponde a esta dependencia Aplicar técnicas de mercadeo para lograr la implementación y adopción de ideas que permitan influir positivamente en el comportamiento voluntario de la población objetivo de la corporación. Desarrollar programas promocionales que permitan difundir la gestión ambiental realizada por la corporación, así como el posicionamiento de marca e identidad corporativa. Establecer relaciones estratégicas entre la corporación y su entorno institucional y empresarial. Implementar y dirigir las comunicaciones integradas de mercadeo.
Titular: LUZ HELENA MOJICA GAMBOA
ABOGADA CON ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO Y GERENCIA PÚBLICA
Tel: 6346100 Ext. 2100
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Le corresponde a esta oficina,en coordinación con el equipo directivo, planear y proponer la definición de la plataforma estratégica institucional compuesta por las políticas o lineamientos aplicables a cada una de las dependencias de la Corporación. Realizar seguimiento, evaluación, control y rediseño de dicha plataforma, e integrar alrededor de esta todos los elementos de la gestión y formulación de acciones de competencia de cada una de las dependencias de la Corporación que orienten y dirijan en forma flexible el desarrollo de la institución en su desempeño global, de mejoramiento permanente y en la toma de decisiones gerenciales, a través de técnicas de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva. Asegurar la generación y adaptación de una cultura de calidad en los productos y servicios como resultado de la implementación del Sistema Integrado de Gestión y Control de la Calidad y la realización permanente del seguimiento de su evolución garantizando el crecimiento y fortalecimiento de identidad de la Corporación en sus componentes esenciales.
Objeto:
La Corporación autónoma regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, tiene por objeto la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos naturales renovables, así como dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición, administración, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y directrices expedidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
1) Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio del Medio Ambiente, así como los del orden regional que le hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción;
2) Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente;
3) Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables;
4) Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo medioambiental que deban formular los diferentes organismos y entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental (SINA) en el área de su jurisdicción y en especial, asesorar a los Departamentos, Distritos y Municipios de su comprensión territorial en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por las distintas entidades territoriales;
5) Participar con los demás organismos y entes competentes en el ámbito de su jurisdicción, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten;
6) Celebrar contratos y convenios con las entidades territoriales, otras entidades públicas y privadas y con las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de ejecutar de mejor manera alguna o algunas de sus funciones, cuando no correspondan al ejercicio de funciones administrativas;
7) Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos y vinculados al Ministerio del Medio Ambiente, y con las entidades de apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental (SINA), estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables;
8) Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de educación ambiental formal y ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a las directrices de la política nacional;
9) Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la Ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales, concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para la caza y pesca deportiva;
10) Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de emisión, descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia que puedan afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de sustancias causantes de degradación ambiental. Estos límites restricciones y regulaciones en ningún caso podrán ser menos estrictos que los definidos por el Ministerio del Medio Ambiente.
11) Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito de los recursos naturales no renovables, incluida la actividad portuaria con exclusión de las competencias atribuidas al Ministerio del Medio Ambiente, así como de otras actividades, proyectos o factores que generen o puedan generar deterioro ambiental. Esta función comprende la expedición de la respectiva licencia ambiental. Las funciones a que se refiere este numeral serán ejercidas de acuerdo con el artículo 58 de esta Ley.
12) Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos, a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos. Estas funciones comprenden la expedición de las respectivas licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos;
13) Recaudar, conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, fijar su monto en el territorio de su jurisdicción con base en las tarifas mínimas establecidas por el Ministerio del Medio Ambiente;
14) Ejercer el control de la movilización, procesamiento y comercialización de los recursos naturales renovables en coordinación con las demás Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades territoriales y otras autoridades de policía, de conformidad con la ley y los reglamentos; y expedir los permisos, licencias y salvoconductos para la movilización de recursos naturales renovables;
15) Administrar, bajo la tutela del Ministerio del Medio Ambiente las áreas del Sistema de Parques Nacionales que ese Ministerio les delegue. Esta administración podrá hacerse con la participación de las entidades territoriales y de la sociedad civil.
16) Reservar, alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones que fijen la Ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento. Administrar las Reservas Forestales Nacionales en el área de su jurisdicción.
17) Imponer y ejecutar a prevención y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía y las sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas de protección ambiental y de manejo de recursos naturales renovables y exigir, con sujeción a las regulaciones pertinentes, la reparación de los daños causados;
18) Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales;
19) Promover y ejecutar obras de irrigación, avenamiento, defensa contra las inundaciones, regulación de cauces y corrientes de agua, y de recuperación de tierras que sean necesarias para la defensa, protección y adecuado manejo de las cuencas hidrográficas del territorio de su jurisdicción, en coordinación con los organismos directores y ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras, conforme a las disposiciones legales y a las previsiones técnicas correspondientes; Cuando se trate de obras de riego y avenamiento que de acuerdo con las normas y los reglamentos requieran de Licencia Ambiental, esta deberá ser expedida por el Ministerio del Medio Ambiente.
20) Ejecutar, administrar, operar y mantener en coordinación con las entidades territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los recursos naturales renovables;
21) Adelantar en coordinación con las autoridades de las comunidades indígenas y con las autoridades de las tierras habitadas tradicionalmente por comunidades negras, a que se refiere la Ley 70 de 1993, programas y proyectos de desarrollo sostenible y de manejo, aprovechamiento, uso y conservación de los recursos naturales renovables y del medio ambiente;
22) Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente;
23) Realizar actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de desastres, en coordinación con las demás autoridades competentes, y asistirlas en los aspectos medioambientales en la prevención y atención de emergencias y desastres; adelantar con las administraciones municipales o distritales programas de adecuación de áreas urbanas en zonas de alto riesgo, tales como control de erosión, manejo de cauces y reforestación;
24) Transferir la tecnología resultante de las investigaciones que adelanten las entidades de investigación científica y de apoyo técnico del nivel nacional que forman parte del Sistema Nacional Ambiental, SINA, y prestar asistencia técnica a entidades públicas y privadas y a los particulares, acerca del adecuado manejo de los recursos naturales renovables y la preservación del medio ambiente, en la forma que lo establezcan los reglamentos y de acuerdo con los lineamientos fijados por el Ministerio del Medio Ambiente;
25) Imponer, distribuir y recaudar las contribuciones de valorización con que haya de gravarse la propiedad inmueble, por razón de la ejecución de obras públicas por parte de la Corporación; fijar los demás derechos cuyo cobro pueda hacer conforme a la ley;
26) Asesorar a las entidades territoriales en la elaboración de proyectos en materia ambiental que deban desarrollarse con recursos provenientes del Fondo Nacional de Regalías o con otros de destinación semejante;
27) Adquirir bienes de propiedad privada y los patrimoniales de las entidades de derecho público y adelantar ante el juez competente la expropiación de bienes, una vez surtida la etapa de negociación directa, cuando ello sea necesario para el cumplimiento de sus funciones o para la ejecución de obras o proyectos requeridos para el cumplimiento de las mismas, e imponer las servidumbres a que haya lugar, conforme a la ley;
28) Promover y ejecutar programas de abastecimiento de agua a las comunidades indígenas y negras tradicionalmente asentadas en el área de su jurisdicción, en coordinación con las autoridades competentes;
29) Apoyar a los concejos municipales, a las asambleas departamentales y a los consejos de las entidades territoriales indígenas en las funciones de planificación que les otorga la Constitución Nacional;
30) Las demás que anteriormente estaban atribuidas a otras autoridades, en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, en cuanto no pugnen con las atribuidas por la Constitución Nacional a las entidades territoriales, o sean contrarias a la presente Ley o a las facultades de que ella inviste al Ministerio del Medio Ambiente.
31) Sin perjuicio de las atribuciones de los municipios y distritos en relación con la zonificación y el uso del suelo, de conformidad por lo establecido en el artículo 313 numeral séptimo de la Constitución Nacional, las Corporaciones Autónomas Regionales establecerán las normas generales y las densidades máximas a las que se sujetarán los propietarios de vivienda en áreas sub-urbanas y en cerros y montañas, de manera que se protejan el medio ambiente y los recursos naturales. No menos del 70% del área a desarrollar en dichos proyectos se destinará a la conservación de la vegetación nativa existente.
Ley 99 de Diciembre 22 de 1993:
"Por la cual se crea el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del Medio Ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental - SINA - y se dictan otras disposiciones".
Título VI : de las Corporaciones Autónomas Regionales
Artículo 23: Naturaleza Jurídica
"Las Corporaciones Autónomas Regionales CARS son entes corporativos de carácter público, creados por la Ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar dentro del área de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las Políticas del Ministerio del Medio Ambiente".